Diari Més

Diecinueve años de prisión para el asesino de la Pobla por una violación el año 2003 en Tarragona

El hombre está encarcelado por haber asesinado a su pareja Carmen Ginés en La Pobla de Mafumet

Plano medio del hombre juzgado por una violación ocurrida en el 2003 en Tarragona.

Piden hasta 22 años de prisión para el asesino de Carmen Ginés por una violación el año 2003ACN

Publicado por

Creado:

Actualizado:

La Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona ha condenado Francisco Javier Mora Muñoz a un total de 19 años de prisión por los delitos de violación, robo con intimidación y amenazas cometidos en el año 2003.

La sentencia, en la cual ha tenido acceso Efe, condena Mora a catorce años y tres meses de prisión por el delito de violación, en cuatro más por robo con intimidación con uso de instrumento peligroso y a un año por amenazas.

También lo condena a devolver los 30 euros que robó a la víctima antes de violarla e indemnizarla con 30.000 euros por los daños psíquicos y morales que sufrió.

Además, decreta una orden de alejamiento de 1.000 metros de la víctima durante 24 años y le impone los costes judiciales, aunque lo absuelve de los delitos de detención ilegal y coacciones que solicitaba la acusación particular.

Mora, asesino confeso de su pareja, Carmen Ginés, el 21 de diciembre del 2016, también agredió sexualmente a su hijastra al día siguiente.

Las muestras de ADN tomadas permitieron identificarlo como autor de una violación cometida el año 2003, un mes antes que prescribiera el delito.

La Audiencia de Tarragona considera probado que Mora, la madrugada del 18 de abril del 2003, abordó a una conductora que acababa de aparcar, entró en el coche, la amenazó con un destornillador en el cuello y le robó 30 euros.

Después, la obligó a conducir hasta un descampado cerca de la estación de la ITV, a quitarse la ropa bajo la amenaza de «o la vida, o te desnudas», y entonces la violó y la forzó a conducir de nuevo hasta el centro urbano.

Allí, la amenazó de nuevo que no avisara a la policía y, como resultado de los hechos, la mujer contrajo una enfermedad venérea, ya cuidada y, entre otras secuelas psicológicas, sufre estrés posttraumático.

La sala no da ningún crédito a la versión del procesado conforme se trató de relaciones sexuales consentidas.

«Tampoco podemos dejar de lado las circunstancias de haber sometido a una persona a tan despreciables actos de naturaleza sexual, inmediatamente después de haberla sometido a un robo con intimidación y uso de arma bajo amenaza de quitarle la vida», destaca la sentencia.

El abogado de la acusación particular, David Rocamora, ha dicho a Efe que «espero que, con la sentencia, la víctima pueda rehacer su vida, porque el juicio ha supuesto reabrir heridas que hace quince años que intenta cerrar».

tracking