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El TSJC ratifica el origen laboral de un linfoma por exposición a benceno en la petroquímica de Tarragona

El trabajador fue declarado en situación de incapacidad permanente el año 2019 a raíz de la enfermedad

Imagen de archivo del polígono químico norte en la zona del Morell.

Imagen de archivo del polígono químico norte en la zona del Morell.Cedida

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado el origen profesional de la enfermedad (linfoma de Hodgkin) que afecta a un extrabajador de Repsol en la petroquímica de Tarragona.

Según explica el Col·lectiu Ronda, la sala ha desestimado los recursos interpuestos por la mutua Fraternidad y la propia Repsol contra la sentencia previa del Juzgado de lo Social 3 de Tarragona que ratificaba la existencia de un vínculo causal entre el cáncer linfático del trabajador afectado, declarado en situación de incapacidad permanente el año 2019, y la exposición a agentes químicos, principalmente el benceno, durante su actividad laboral en la planta petroquímica. El afectado tenía 32 años cuando necesitó un trasplante de médula ósea a causa de la enfermedad.

La exposición continuada a varios agentes químicos pero, especialmente, al benceno durante los diversos periodos comprendidos entre julio de 2009 y octubre de 2019 en que el trabajador desarrolló sus tareas en las instalaciones petroquímicas de Repsol en Tarragona es el origen del linfoma de Hodgkin, un cáncer que afecta al sistema linfático, diagnosticado el año 2018, un año antes de ser declarado en situación de incapacidad permanente para toda actividad laboral como consecuencia de la patología.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha desestimado íntegramente los recursos elevados por la propia Repsol y la mutua Fraternidad Muprespa contra la sentencia previa del Juzgado de lo Social 3 de Tarragona y la resolución del INSS que consideraban acreditada la existencia de una relación de causalidad entre la presencia de agentes químicos en la planta de Repsol y el desarrollo de la enfermedad.

A pesar de empresa y mutua argumentaban que las funciones del extrabajador como operador de área y de panel sólo comportaban un contacto esporádico o inexistente con sustancias peligrosas, diferentes informes técnicos, incluyendo de la Inspección de Trabajo, acreditaban la presencia constante y generalizada de diferentes agentes químicos, con preponderancia del benceno, durante el tiempo y en las áreas en que el afectado trabajó en la petroquímica. Así lo recogía la propia evaluación de riesgos elaborada por Repsol, donde se apuntaba a la posible exposición a contaminantes químicos, entre los cuales se encontraba el benceno.

El Plan de Higiene de la empresa también preveía el control de determinados puestos de trabajo ante el riesgo de exposición a esta sustancia y, de manera significativa, los muestreos de contaminantes químicos realizados por el Servicio de Prevención de Repsol entre los años 2014 y 2020 detectaron la presencia de benceno en todas las muestras analizadas. En este sentido, la sentencia del TSJC recuerda que en el cuadro de enfermedades profesionales se señala la exposición al benceno en trabajadores de la industria petroquímica como un factor etiológico en el desarrollo de linfomas, incluyendo el de Hodgkin.

Jaume Cortés, abogado de Col·lectiu Ronda, ha sido responsable de asesorar al trabajador afectado en un proceso que «ahora que está confirmado el origen profesional de la patología, continuará con las pertinentes reclamaciones para establecer la responsabilidad de Repsol por incumplimiento del deber de proteger la salud de sus trabajadores».

En este sentido, el abogado, que ya fue responsable de una sentencia dictada el año 2020 que hacía responsable Repsol del cáncer que afectaba a un empleado de una de las contratos que operan en la planta química, recuerda que «el entorno laboral de la petroquímica es de alta complejidad y elevado riesgo para la salud de las personas que trabajan, vista la elevada concentración de elementos y sustancias químicas peligrosas presentes en el ambiente. Una circunstancia que obliga a las empresas presentes en la petroquímica a extremar en todo momento las medidas de seguridad y prevención y que, desgraciadamente, no siempre se da».

Cortés celebra que se dicten sentencias que reconozcan el origen profesional de las enfermedades que afectan numerosos trabajadores y extrabajadores del polo químico, pero admite que «todavía son muchas las personas que en la petroquímica enferman por la exposición a agentes químicos y contaminantes ambientales sin llegar a ver nunca reconocido el origen laboral de sus patologías ni acceder a las prestaciones y derechos que les corresponden. A día de hoy, sigue sin admitirse que muchas enfermedades están directamente causadas por la actividad laboral y eso es una verdadera vulneración constante y a gran escala de nuestros derechos como trabajadores».

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