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Gas natural denuncia a la Generalitat por evitar la sanción por la abuela muerta

El Departamento de Empresa ha desestimado el recurso contra la multa de 500.000 euros y la suministradora inicia un contencioso

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Gas natural ha presentado un contencioso administrativo contra la sanción de 500.000 euros que el Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalitat le impuso en junio del 2017 pora haber cortado el suministro eléctrico, «sin solicitar previamente ningún informe a los servicios sociales», a la mujer de 81 años que murió hace 15 meses en un incendio en su casa, en la calle de Santa Anna de Reus, originado por las velas con que se iluminaba. Fuentes del propio Departamento detallan al Diari Més que Gas Natural llevará a la Generalitat a los tribunales después de que el entonces todavía consejero Santi Vila desestimara, a finales del año pasado, el recurso de reposición presentado en julio por la suministradora ante la decisión de la Agencia Catalana del Consumo, al desenlace de un expediente abierto al momento de los hechos, de sacar adelante la multa. La abuela a la que Gas Natural retiró la luz había dejado de pagar facturas por valor de unos 246 euros.

Las mismas fuentes concretan que Vila, antes de dejar el cargo y como máxima instancia en el órgano que había dictado la decisión inicial, «determinó que no había sitio al recurso de reposición» de Gas Natural y que «recientemente» la compañía ha trasladado el expediente a la Sala contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). A partir de aquí, «la sala tendrá que resolver si es competente o no para abordar esta cuestión» y, en caso afirmativo, acabará emitiendo sentencia. Después, las partes tendrían que establecer si lo aceptan, y si el procedimiento se da por finalizado o bien continúa y pasa a instancias superiores. Desde el Departamento de Empresa apuntaban ayer que «no han empezado los trámites de requerimiento de documentación» y valoran que es «bastante habitual» que empresas que han resultado sancionadas vayan al contencioso en lugar de limitarse a admitir directamente una multa.

Unos hechos «muy graves»

La cifra de 500.000 euros, y la propia sanción, venía dada por el hecho de que el expediente de la Agencia Catalana del Consumo considera una infracción grave el corte del suministro sin haber pedido antes al Ayuntamiento de Reus un informe sobre la situación de la mujer, que murió en noviembre del 2016, «con el fin de determinar si la persona o la unidad familiar se encontraba en una de las situaciones de riesgo de exclusión residencial». Gas natural lo había dejado sin luz por una deuda de tres recibos pendientes. La calificación, con respecto a los hechos, de graves, la Agencia Catalana del Consumo la elevó a «muy grave» porque entendía que estos produjeron «una alteración social importante, alarma o desconfianza» y también porque la mujer formaba parte de un colectivo «especialmente protegido por el Código de consumo de Cataluña, tal como es el de las personas mayores.»

Durante una comparecencia a la Comisión de Empresa del Parlament de Catalunya, en febrero del 2017, el consejero delegado de Gas Natural –pendiente de ser relevado– Rafel Villaseca utilizó repetidamente la palabra «accidente» para referirse a la muerte y cargó contra el Ayuntamiento de Reus, con el que «nuestra empresa comercializadora colaboraba desde el 2014, de forma que este comunicaba a la empresa los casos de clientes vulnerables». La comunicación previa de los cortes, sin embargo, según ha explicado en varias ocasiones la concejala de Bienestar Social, Montserrat Vilella, empezó a producirse en marzo del año pasado.

El Síndic concluye la actuación de oficio por el corte en Reus

El Síndic de Greuges ha concluido, al principio de este 2018, la resolución sobre la actuación de oficio que inició a raíz de la muerte de la mujer de 81 años. Fuentes de la oficina han explicado a este medio que «el Departamento de Empresa, en el cual iba dirigida la recomendación fundamental resultado de esta actuación, sobre la conveniencia que se despliegue la Ley 24/2015 con respecto al protocolo entre las administraciones y las empresas, no lo ha aceptado, y nos sigue diciendo que no lo considera necesario». El Síndic pedía que «más allá del protocolo que ha hecho a la Generalitat, la cosa no se quedara aquí y se desplegara un reglamento como tal», concretan las mismas fuentes, que aclaran que «el recurso contra la Ley 24/2015 no afecta a este apartado». Con respecto al papel del Ayuntamiento de Reus, este «nos informó que había puesto en marcha acciones de prevención entre las personas de más edad, como ahora el 'Programa Guaita Veí' y «hemos pedido que nos informen de los resultados de la valoración que hagan y que nos envíen el protocolo firmado con la empresa Gas Natural». El Síndic solicitaba al consistorio «que intensifique las acciones orientadas a la detección de situaciones de pobreza energética entre la población del municipio» y que «impulse campañas para las personas mayores».

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