Diari Més

Francisco Javier Mora, condenado a 24 años de prisión por el asesinato de Carmen Ginés

El hombre tendrá que indemnizar a los familiares de la víctima con 280.000 euros

El acusado de matar a su mujer en la Pobla de Mafumet, durante el juicio que se celebra en la Audiencia de Tarragona.

La fiscalía eleva hasta los 23 años de prisión la petición de pena para el asesino confeso de la PoblaACN

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La Audiencia de Tarragona ha condenado a 24 años de prisión Francisco Javier Mora, al asesino confeso de su mujer en la Pobla de Mafumet (Tarragonès). La semana pasada el jurado popular lo declaró culpable de haber clavado una veintena de cuchilladas a la víctima en diciembre del 2016. La sentencia establece que el condenado no se podrá acercar a los familiares de la mujer durante un periodo de 25 años y que los tendrá que indemnizar con 280.000 euros. Mora se volverá a sentar este jueves en el banquillo de los acusados por haber agredido sexualmente a la hija de la víctima -que era menor de edad- después de cometer el crimen. En julio, ya fue condenado a 19 años y tres meses de prisión por una violación del 2003.

El miércoles pasado, el jurado concluyó que la víctima no tuvo posibilidad de defenderse y que la veintena de cuchilladas que le propinó su marido le ocasionaron un padecimiento innecesario. En su veredicto, el tribunal señaló que, atendiendo en los informes forenses, el hombre había consumido cocaína pero no había tomado alcohol, tal como había sostenido en su declaración en la Audiencia de Tarragona.

Francisco Javier Mora afirmó que el día del crimen había consumido una gran cantidad de alcohol y cocaína. Muy emocionado, el hombre justificó que los estupefacientes le produjeron «paranoia» y una sensación mucho extraña, y dijo que no recordaba nada más. El procesado admitió que posiblemente había discutido con la mujer porque quería más droga y dinero.

El jurado popular consideró probado que la noche del 17 de diciembre del 2016 el hombre accedió al pequeño lavabo donde había su mujer, se aproximó por la espalda y le propinó varios golpes y una veintena de cuchilladas que le produjeron la muerte. Los nueve miembros del tribunal recordaron que la hija de la víctima vio a su padrastro con una actitud normal cuando volvió a casa. Asimismo, apuntaron que en su declaración los Mossos D'Esquadra de la comisaría de Campclar explicaron que el hombre acudió para confesar que había degollado a la mujer y que no presentaba síntomas de encontrarse bajo los efectos del alcohol o las drogas.

Aunque durante el juicio quedó demostrado que el hombre consumió droga antes de los hechos y que sufría un trastorno de dependencia en la cocaína, el jurado mantuvo que Mora no tenía afectadas sus capacidades volitivas y cognitivas, tal como manifestaron varios peritos durante la vista oral.

La fiscalía mantuvo la petición de 23 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, mientras las acusaciones particulares elevaron su petición hasta los 25 años de prisión. Por su parte, la defensa solicitó que se tuviera en cuenta el atenuante de confesión para reducirle la pena.

El juez saca relevancia a la confesión en la comisaría de los Mossos

En la sentencia, sin embargo, el magistrado de la sección segunda de la Audiencia de Tarragona considera que no se tiene que compensar el atenuante de confesión con el agravante de parentesco. El juez argumenta que, si bien el hombre confesó los hechos en comisaría, «es evidente que estos hechos iban a ser descubiertos inmediatamente, dado que los familiares de la víctima ya lo estaban buscando.»

El magistrado subraya que el hombre mintió a la hija de la víctima y le dijo que su madre se había ido al hospital porque la mujer que cuidaba se había caído. El juez también expone que el procesado hizo una declaración «de memoria selectiva» que no aportó «nada» sobre como se produjo la muerte y que, en cambio, «se centró al justificar la aplicación de una circunstancia atenuante por drogadicción».

La sentencia concluye que el atenuante de confesión es «de muy baja calidad», mientras que el agravante de parentesco fue «un factor fundamental» en el asesinato. Así, el magistrado recuerda que la pareja había ido a comer fuera y de compras antes del crimen. ¿«Qué podía llevarla a pensar que sería asesinada por su marido? En absoluto, lo podía pensar. La confianza era máxima», reflexiona. El juez subraya que los familiares dijeron que la pareja mantenía una «buena relación» y concluye que Carmen Ginés, de 44 años, «no podía suponer el dramático final que lo esperaba».

El tribunal señala que, durante el juicio, el hombre no exteriorizó sentimientos de culpa y mantuvo una actitud «tranquila y fría», por lo cual no se puede desprender «una muestra real de arrepentimiento». El juez opina que, a pesar de demostrar sentimiento mediante «algún sollozo o palabras entrecortadas», eso respondería «a una apuesta de obtener un resultado más favorable en el juicio» y no «a una demostración real de algo sentido|oído».

El magistrado justifica así la imposición de una pena de 24 años de prisión por asesinato y subraya que el hombre sorprendió a la víctima en su domicilio, que se ensañó y que, finalmente, la degolló. «Fue una muerte brutal, precedida por múltiples cuchilladas y golpes en todo el cuerpo», expone.

En materia de responsabilidad civil, Mora tendrá que indemnizar a los familiares de Carmen Ginés con 280.000 euros. En concreto, tendrá que pagar 120.000 euros a la hija de la víctima; 50.000 euros a cada uno de los progenitores de la víctima y 30.000 euros a cada una de las dos hermanas de la mujer. Además, no podrá comunicarse con ellos ni acercarse a menos de 1.000 metros durante un periodo de 25 años. El juez mujer debe días en las partes para que, si lo consideran oportuno, presenten recurso de apelación contra la sentencia delante del TSJC.

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