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La Audiencia Nacional confirma las multas a los gestores de la nuclear de Ascó por el escape de partículas

La sentencia desestima el recurso presentado por Endesa Generación y les obliga a pagar 15,3 millones de euros por cuatro infracciones graves

Plano general de la chimenea y las instalaciones de la nuclear de Ascó.

La Audiencia Nacional confirma las multas a los gestores de la nuclear de Ascó por el escape de partículasACN

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La sección primera de la Sala del Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado las multas impuestas por el Ministerio de Industria al titular de la central nuclear Ascó I por el caso del escape de partículas radiactivas que tuvo lugar a finales de noviembre de 2007.

La sentencia desestima el recurso contencioso-administrativo presentado por Endesa Generación, S. A. en contra de la orden ministerial de 2009 y les obliga a pagar los 15,3 millones de euros impuestos por cuatro infracciones graves de la Ley 25/1964 de Seguridad Nuclear. La tramitación del recurso quedó en suspense durante años hasta que en marzo del 2020 la Audiencia de Tarragona resolvió archivar las diligencias penales en contra de varios directivos de la nuclear por el mismo caso.

La primera sanción, de 7,5 millones de euros, fue impuesta por la emisión de partículas radiactivas con potencial de superación de los límites de dosis normativamente establecidos. También por no haber establecido el control de contaminación externa del personal una vez descubierta la contaminación del espacio así como por no haber clasificado, señalizado y delimitado radiológicamente las zonas de libre acceso de la central nuclear después de la detección de partículas en estas áreas.

La segunda sanción, de 3 millones de euros, es porincumplir la instrucción del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) que establece los criterios de notificación de sucesos por parte de las centrales. Según remarca la sentencia, los titulares de la planta atómica no notificaron el hallazgo de partículas hasta principios de abril de 2008. También se incumplieron la instrucción del CSN sobre la Inspección Residente del organismo en las centrales.

La tercera de las infracciones, también de 3 millones, es por no haber proporcionado información rápida y veraz a la Inspección Residente sobre la contaminación en zona de libre acceso de la central nuclear entre marzo y abril de 2008. La cuarta, de 1,8 millones, se refiere al incumplimiento del Manual de Protección Radiológica de la central: no se dejó constancia de la contaminación encontrada en las zonas de libre acceso a los registros de vigilancia.

La sentencia de la Audiencia Nacional todavía no es firme y puede ser objeto de recurso de casación dentro de un periodo de 30 días hábiles a partir de su notificación. Los hechos porel cual se sanciona al entonces titular de la explotación, Endesa Generación, tuvieron lugar el 26 de noviembre durante una operación de recarga de combustible del grupo I de la nuclear de Ascó. Según el informe del CSN, una maniobra no prevista en el procedimiento –el vertido de agua contaminada del aspirador en una reja de aspiración por parte de un operario- provocó que un millar de partículas salieran del edificio de combustible a través del sistema de ventilación.

Un hecho que no se comunicó hasta más de cinco meses después al CSN y a las autoridades. Se acabaron encontrando posteriormente numerosas partículas radiactivas fuera del recinto de la central, algunas de las cuales llegaron a viajar decenas de kilómetros. Antes de comunicar su existencia, el recinto atómico recibió visitas de grupos escolares. Grupos ecologistas denunciaron el peligro que esta contaminación podía suponer para las personas y el medio ambiente. La Audiencia de Tarragona decidió archivar la causa penal en el 2020 porque ninguno de los peritos habría podido constatar que el escape habría podido causar daños.

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