Diari Més

El TSJC anula la concesión de la sala de velatorios de Batea y el Ayuntamiento la volverá a licitar

Varias sentencias obligan también al consistorio a equipar una sala de prácticas sanitarias y a adecuar las normas subsidiarias

Plan|Plano general de los miembros del equipo de gobierno de Batea, con el alcalde, Joaquim Paladella, segundo por la izquierda. Imagen del 25 de julio de 2017

estelada|estrellas, Aragón, Batea, residencia, Cinta Ramos, Joaquim Paladella, Generalitat, Ayuntamiento, parques eólicos, término municipalACN

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El Ayuntamiento de Batea rescindirá el concurso de adjudicación del servicio funerario de la sala de velatorios municipal, que funciona entre pleitos desde el 2013. El consistorio dará cumplimiento así a tres sentencias del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que anulan una parte del reglamento, el pliegue de cláusulas de la concesión y el anteproyecto, así como el proyecto básico y ejecutivo de adecuación de la instalación.

El Ayuntamiento ha tenido que modificar las normas subsidiarias porque una parte del edificio donde está la sala está calificada como «vial» y también ha tenido que adecuar una sala de prácticas sanitarias para los cadáveres, dado que es obligatoria y no tenía. El consistorio indemnizará a la empresa que presta actualmente el servicio e incluirá el coste en un canon de la nueva adjudicación.

El reglamento de la sala de velatorios municipal de Batea, el pliegue de cláusulas y la licencia de obras de adecuación fueron recorridas por la Funeraria Priorat-Ribera-Terra Alta y, en el caso del reglamento, también por Tanatorios y Servicios SA.

Según la primera de las sentencias, de septiembre de 2016, el reglamento general de prestación de los servicios funerarios de Batea aprobado en julio del 2013 quedó parcialmente anulado. Llos magistrados de la sección quinta del Contencioso Administrativo del TSJC invalidaron la regulación de las funciones por no disponer de una dependencia para prácticas sanitarias sobre cadáveres.

El pliegue de cláusulas para la licitación del servicio y el anteproyecto también quedaron anulados en otra sentencia dictada el julio pasado. El TSJC resolvía de esta manera el recurso de apelación de la Funeraria Priorat-Ribera-Terra Alta contra la sentencia que ya había emitido, el año 2015, el juzgado contencioso número 2 de Tarragona. La falta de servicios sanitarios en cadáveres fue, otra vez, el motivo para avalar el recurso.

Finalmente, la sección tercera de la sala del Contencioso Administrativo del TSJC también invalidó, en octubre del 2017, el proyecto básico y ejecutivo y la memoria de la actividad para adecuar como sala de velatorios el edificio de la antigua Cruz Roja de Batea, en la avenida de la Terra Alta. En esta sentencia los magistrados ratifican que este servicio funerario se puede instalar en el edificio, porque el artículo 62 de las normas urbanísticas contempla el uso de 'cementerio'. Ahora bien, el recurso pone de relieve que una parte del edificio está calificada como «vial» en las normas urbanísticas municipales y que no se puede utilizar como equipamiento público funerario «con vocación de permanencia». Esta última sentencia también ratifica la infracción del reglamento de política sanitaria mortuoria por no prever una sala destinada a prácticas sanitarias sobre cadáveres. Por todo eso, avala la impugnación de parte del reglamento, del pliegue de cláusulas y del proyecto.

El año pasado, la empresa demandante presentó dos instancias al Ayuntamiento de Batea para exigir el cierre del servicio, para identificar «a la persona que ha permitido la continuidad de la actividad» desde la primera sentencia de 2016 y para «cuantificar los daños y perjuicios causados a terceros» por la totalidad de los servicios que se ha prestado desde la primera resolución del TSJC. El 19 de diciembre pasado se envió al consistorio la petición de ejecución de sentencia.

Concurso revocado

El alcalde de Batea, Joaquim Paladella, ha explicado que el Ayuntamiento acatará las resoluciones, revocará el concurso de licitación del servicio funerario de la sala de velatorios -adjudicado a la Funeraria Mena- y lo volverá a convocar. La empresa será indemnizada y se incluirá el coste en un canon al nuevo concurso para evitar perjuicios económicos en el consistorio. Paladella también ha apuntado que emitirá un decreto de alcaldía para que el servicio lo pueda seguir ofreciendo la empresa actual hasta la futura licitación.

El alcalde ha asegurado que ya han adecuado una dependencia sanitaria para cadáveres en la Sala de Velatorios y que se modificaron las normas subsidiarias para corregir la calificación de vial de parte del edificio donde está ubicada. La Comisión de Urbanismo de las Terres de l'Ebre dio el visto bueno el noviembre pasado. Paladella ha defendido que la afectación al municipio será «mínima» pero que obligará a poner en marcha de nuevo el proceso.

Paladella ha destacado que una de las particularidades que se mantendrá en la nueva licitación es que el consistorio establece, a través de las ofertas del concurso, el precio de los servicios funerarios. Uno de los principales objetivos era «abaratar el coste» para los vecinos del municipio. «Antes un servicio valía seis o siete mil euros y ahora cuesta unos tres mil y eso es muy importante», ha explicado. «Estos objetivos los seguimos teniendo claros y haremos el concurso en la misma línea porque la sentencia no dice, en ningún momento, que eso no lo hicimos bien», ha apuntado.

«La sentencia se fija en una equivocación que había en las normas y en que no teníamos la sala para adecuar a los muertos. Eso está remediado y las normas están solucionadas. Ahora tenemos que anular, indemnizar a la empresa y sacar un concurso nuevo», ha concluido el alcalde.

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