Medio ambiente
El Ayuntamiento de Altafulla regula el despliegue de piscinas privadas
Una normativa limita la superficie, el ruido o la impermeabilidad de los equipamientos

Imagen aérea de varios chalets con piscina en Altafulla.
El Ayuntamiento de Altafulla ha redactado una normativa municipal para regular el despliegue de piscinas de uso privativo. El consistorio ha puesto en marcha esta iniciativa propia después de «recibir muchas demandas de licencia para construir estos equipamientos», tal como detalla la coalcaldesa Alba Muntadas. El texto también busca dar respuesta a la crisis climática y a los frecuentes episodios de inundación que vive recientemente el municipio.
Por este motivo, la normativa también obliga a reservar un mínimo del 50% de espacio libre de edificación en las parcelas donde se construya. En la ordenanza también se recomienda ajardinar con plantas y árboles autóctonas y adaptadas al clima. «Consideramos que las piscinas son un elemento que impermeabiliza el terreno», apunta Muntadas, explicando que este texto busca medidas paliativas a estas construcciones.
Pequeñas y silenciosas
Con respecto al tamaño de las piscinas permanentes, la normativa establece que estas no podrán tener una superficie superior a los 150 metros cuadrados o el 30% del espacio libre de edificación de la parcela. Además, estas tendrán que estar separadas un metro y medio de los límites de la finca. Estas construcciones también tendrán que estar soterradas y con una pendiente mínima del 1% para prevenir el estancamiento de agua.
El texto también regula a las piscinas desmontables, que no podrán tener más de 50 metros cuadrados de superficie o el 20% del espacio libre de la parcela. Igualmente, estos elementos tendrán que estar separados de los límites de la finca. Las piscinas infantiles inflables de menos de 4 metros cuadrados no están contempladas dentro de la ordenanza.
La normativa impulsada por el Ayuntamiento también recoge algunas consideraciones para disminuir el ruido de estos elementos. La coalcaldesa afirma que, últimamente, «han aumentado las quejas vecinales por el bullicio de la maquinaria». Por este motivo, la normativa pide disponer de estos aparatos, como la depuradora, en una edificación auxiliar o dentro del inmueble.
Además, estas edificaciones tendrán que contar con medidas para evitar ruido o vibraciones, como una cubierta insonorizada o elementos de soporte con amortiguadores. Finalmente, el texto también prohíbe suministrar agua sin recirculación y obliga a instalar mecanismos de recogida en los pavimentos. El exceso de agua no podrá conectarse al alcantarillado.
Con todo, Muntadas apunta que esta ordenanza persigue «que no sea tan fácil construir piscinas» a la vez que busca una mejor convivencia entre los vecinos. El texto pendiente de aprobar, sólo se aplicará en las piscinas de nueva construcción.