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Condenan a 22 años de prisión al hombre que mató su expareja en Salou

El jurado lo declaró culpable de asesinato con el agravante de parentesco y el atenuante de confesión

El acusado de matar su expareja en Salou, Abderrahmane H., en el inicio del juicio en la Audiencia de Tarragona.

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La Sección Cuarta del Audiencia provincial de Tarragona ha condenado Abderrhamane Hammou a 22 años de prisión para matar su expareja, en junio de 2017 en Salou. El jurado popular declaró al hombre culpable de asesinato con alevosía y ensañamiento. Adicionalmente, no se podrá aproximar ni comunicarse con los familiares de la víctima durante 25 años y tendrá que indemnizar a sus hermanas con 80.000 euros cada una y los progenitores con 50.000 euros cada uno. Después de valorar el agravante de parentesco y el atenuante de confesión, el magistrado encargado de la sentencia ha situado la pena en la franja media, teniendo en cuenta las circunstancias la «brutalidad» en la comisión del asesinato, con un cuchillo de grandes dimensiones, que habría provocado mayor sufrimiento a la víctima y la imposibilidad de defenderse.

El veredicto del jurado popular, hecho público el viernes 18 de enero, no dio credibilidad a las explicaciones de Hammou y afianzó que era plenamente del consciente de que hacía y no presentaba ninguna patología ni había consumido los estupefacientes. Aducía el condenado que vio su expareja, de 30 años, manteniendo relaciones con otro hombre la noche antes del crimen, que perdió el control de sus actos y la mató. Para el jurado sin embargo, el hecho que al día siguiente discutieran, que ella lo insultara y que él se sintiera rechazado, «no sería razón suficiente para provocar una reacción tan desmesurada y clavarle más de una veintena de cuchilladas con gran intensidad».

En sus conclusiones finales, fiscalía mantuvo la petición de 23 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, con el agravante de parentesco y el atenuante de confesión. El fiscal razonó que, aunque el acusado lo atribuyó a un arrebato pasional, quedó demostrado finalmente que se trataba de un acto «premeditado». Por su parte, la acusación popular ha defendido, que consideraba irrelevante para la resolución del caso la confesión, solicitaba 25 años de prisión. La defensa limitó la petición a siete años de prisión por homicidio, sin que la alevosía y el ensañamiento quedaran acreditados.

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