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La Audiencia de Tarragona ordena investigar las lesiones de la Guardia Civil a un vecino de Sarral durante el 1-O

Un juzgado de Valls archivó el caso casi de forma inmediata y sin practicar diligencias

Vehículos de la Guardia Civil, pasando por Cabra del Camp, el pasado 1 de octubre de 2017.

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La Audiencia de Tarragona ha ordenado al juzgado de instrucción número 2 de Valls que reabra la investigación sobre las lesiones denunciadas por un vecino de Sarral, en la Conca de Barberà, durante las cargas de la Guardia Civil por el referéndum del 1 de octubre. El tribunal considera que el juzgado archivó el caso casi de forma inmediata y sin una causa lo bastante justificada. En este sentido, la Audiencia insta a la jueza a tomar declaración al vecino, a estudiar el informe médico de las lesiones y a incorporar las grabaciones que puedan existir de las cargas. Además, añade que, si se identifica bastante relevancia penal, hace falta ordenar la identificación del agente y citarlo a declarar como investigado o denunciado.

El 12 de abril, el juzgado de instrucción de Valls confirmó el archivamiento del caso. El abogado del denunciante, sin embargo, presentó recurso de apelación a la Audiencia y la fiscalía se acabó adhiriendo. El letrado del hombre denunciaba «la falta de motivación de la jueza» e invocaba la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva. De hecho, el abogado consideraba que había motivos de sobra para abrir el proceso y ordenar diligencias.

En un auto del 25 de septiembre, el tribunal de la sección cuarta de la Audiencia de Tarragona concluye que la razón esgrimida por la jueza no tiene bastante fundamento. Según la resolución a que ha tenido acceso la ACN, la jueza se limitó a decir que, si bien los hechos denunciados podrían ser constitutivos de infracción penal, no había quedado lo bastante justificada la participación de una persona determinada en la comisión de las lesiones.

Según el tribunal, esta razón «no sirve de ninguna manera para justificar» el archivamiento porque «a partir de los datos aportados en la denuncia, sí que existe una posibilidad razonable de identificar al agente denunciado», argumenta.

La Audiencia hace notar que, en la resolución correspondiente al recurso de reforma, la jueza «muta el argumento para archivar el caso de la falta de autor conocido a la falta de indicios de perpetración del hecho denunciado». Uno de los motivos que ve es el hecho de que, desde que se produjo la agresión, el hombre tardó más de 24 horas en ir a al CAP de Montblanc para recibir atención médica.

Según los magistrados del tribunal provincial, no se puede ordenar el archivamiento directo del caso porque no se observa bastante fundamento indiciario «sin hacer una mínima actuación investigadora que permita confirmar provisionalmente los hechos o descartar la verosimilitud». «Incoar un procedimiento penal de investigación atendida la presunta relevancia penal de los hechos y, sin solución de continuidad, ordenar el sobreseimiento provisional, es una contradicción de términos irreductible», concluye la Audiencia.

La obligación del Estado a investigar la actuación de sus agentes

Además, el tribunal considera que el caso de las lesiones denunciadas no se incluye en ninguno de los motivos que permiten el archivamiento inmediato de un caso. Y añade, también, que en el momento inicial del proceso no se puede ignorar «la obligación muy calificada que incumbe el Estado de investigar o aclarar los hechos en qué puedan estar implicados sus agentes y que puedan menoscabar físicamente o moralmente los ciudadanos».

La Audiencia recuerda que eso es una exigencia que el Convenio Europeo de Derechos Humanos brinda, en el artículo tercero, «al derecho a no sufrir tratos inhumanos, degradantes y arbitrarios», y subraya que los primeros obligados a garantizarlo son, precisamente los agentes de la autoridad. Los magistrados recuerdan que el Tribunal de Estrasburgo ha insistido sobre la adecuación de las decisiones de archivo de un proceso investigador, y que el Tribunal Constitucional también ha incorporado la doctrina en varias sentencias.

El tribunal quiere que se intente identificar el agente

Por todo ello, la Audiencia defiende que hay que reabrir la investigación para determinar el tipo de procedimiento que hay que seguir y, en todo caso, las consecuencias inculpatorias que se puedan derivar. En este sentido, el tribunal considera que tomar declaración al denunciante como testigo, el examen forense y la incorporación de las grabaciones que puedan existir de los hechos son «las primeras diligencias esenciales.

A partir de aquí, la Audiencia apunta que, si se identifica bastante relevancia penal a los hechos, hay que ordenar la identificación del agente al cual se imputa el origen de las lesiones, y citarlo como investigado o, en su caso, si se decidiera la incoación de un procedimiento por delito leve, en calidad de denunciado.

Cargas de la Guardia Civil en pequeños pueblos

Durante la jornada del 1 de octubre, casi una veintena de vehículos de la Guardia Civil y una cincuentena de efectivos hicieron parada en las poblaciones de Sarral (Conca de Barberà), Cabra del Camp (Alt Camp) y Vilabella (Alt Camp). Los agentes, la mayoría uniformados, armados con porras y otros de paisano, actuaron con fuerza para entrar en el único local de cada municipio donde se podía votar y dejaron algunos heridos.

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