Diari Més

El Supremo envía a Alemania el informe definitivo del 1-O

El tribunal reitera que hubo rebelión y malversación

Puerta principal del edificio que acoge la fiscalía general del 'land' de Schleswig-Holstein y el tribunal superior del mismo 'land', en Schleswig.

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El Tribunal Supremo (TS) ya ha enviado al Tribunal Superior de Schleswig-Holstein el informe definitivo sobre el 1-O donde se insiste en que hubo rebelión y malversación de dinero público.

El tribunal germánico había solicitado esta petición de información complementaria para decidir sobre la euroorden cursada contra el 130º presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont. El documento del TS, desvelado este martes por|para La Vanguardia , justifica el delito de rebelión contra Puigdemont y afirma que la implicación del presidente destituido para el 155 en los hechos considerados delictivos «fue máxima, porque era la persona que, por el que cargo que ocupaba, tenía plena responsabilidad sobre el curso y la dirección de los acontecimientos».

Igualmente, el texto del TS pide a los jueces de Schleswig-Holstein que no entren a valorar el fondo del asunto ni busquen coincidencias entre el Código Penal español y el germano, «y sólo estiman si los hechos serían delictivos en su país».

Aparte, el Supremo insiste en que la acusación de rebelión no se circunscribe a lo que pasó el día del referéndum y a los enfrentamientos en los colegios electorales, sino en lo que pasó desde el inicio del proceso soberanista, «con reiteradas desobediencias a las resoluciones del Tribunal Constitucional».

Paralelamente, un segundo informe del TS –más breve- se dedica íntegramente a justificar la supuesta existencia de un delito de malversación. El documento considera que tanto los gastos que se estiman efectivamente realizadas como los pagos comprometidos integran esta figura delictiva.

La tesis del Supremo es que para imputar el delito de malversación «no es condición inexcusable que se haya producido el desembolso, sino que está bastante que se haya adquirido el compromiso con la empresa o la entidad prestataria del servicio». Por lo tanto, se considera que si hay suministros que no se han pagado, pero fueron contratados, el hecho sigue siendo perseguible.

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