Diari Més

El TC anula la declaración de independencia y la Ley de Transitoriedad

El alto tribunal levanta las multas a Jové y Vidal y pide en la Fiscalía que investigue Forcadell y los miembros soberanistas de la Mesa

Imagen del exterior de la fachada del Tribunal Constitucional.

El TC suspende la convocatoria del ple del Parlament del lunesACN

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El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido, por unanimidad, anular y considerar institucional la declaración de independencia -aprobada en el Parlamento el 27 de octubre- y la Ley de Transitoriedad, que se aprobó el 7 de septiembre. En el caso de la declaración de independencia, la resolución del alto tribunal afirma que es un «grave atentado contra el estado de derecho». Además, acuerda llevar a la Fiscalía a la presidenta del Parlamento, Carme Forcadell, y los miembros soberanistas de la Mesa que permitieron su votación a la cámara catalana. Independientemente de la decisión del TC, todo ellos declaran este jueves en el Tribunal Supremo acusados de rebelión, sedición y malversación después de una querella presentada por la Fiscalía General. Por otra parte, en la resolución que tumba la Ley de Transitoriedad, el pleno pone de relieve que «el derecho a la autonomía no es ni se puede confundir con la soberanía». Asimismo, el TC también ha decidido levantar las multas de 12.000 euros diarios en el número 2 de Economía, Josep Maria Jové, y de 6.000 euros diarios a la jefa del área de Procesos Electorales, Montserrat Vidal.

El TC se ha vuelto a reunir para tomar decisiones que afectan a Cataluña. Por una parte, ha suspendido la declaración de independencia aprobada en el Parlament de Catalunya el pasado 27 de octubre. La declaración salió adelante con 70 votos a favor, 10 en contra y 2 abstenciones. Se marcharon del hemiciclo para no votar a los diputados del PPC, PSC y Cs.

El pasado 31 de octubre, el alto tribunal inició la tramitación del incidente de ejecución de sentencia presentado por el gobierno español y suspendió cautelarmente la declaración. Ahora, en la resolución que lo anula y la declara inconstitucional, los magistrados afirman que la declaración supone «un grave atentado contra el estado de derecho». Con la votación de la declaración, el TC entiende que el Parlamento «se permite atribuciones inherentes a la soberanía, superiores a las que se derivan de la autonomía reconocida por la Constitución».

En el escrito, los magistrados apuntan que «se desatendieron los retirados pronunciamientos y advertencias» del TC y acusa a la cámara de querer «cancelar de hecho, en el territorio de Cataluña y para todo el pueblo catalán, la vigencia de la Constitución, el Estatuto de Autonomía y cualquier regla de derecho que no se avenga con el dictado de su voluntad».

Forcadell y la Mesa, en Fiscalía

Tal como pedía la abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal, el TC acuerda deducir testimonio, es decir, poner en conocimiento de la Fiscalía el comportamiento de Forcadell y los miembros soberanistas de la Mesa por haber tramitado la declaración de independencia y «haber desatendido las rotundas advertencias del secretario general del Parlamento y del letrado mayor».

El alto tribunal, sin embargo, pide que se investiguen posibles responsabilidades penales cuando la Fiscalía General del Estado ya ha actuado. El pasado 31 de octubre, José Manuel Maza presentaba una querella contra la presidenta del Parlamento, Carme Forcadell, y cinco miembros de la Mesa (Guinó, Simó, Corominas, Barrufet y Nuet) por rebelión, sedición y malversación de fondos públicos. De hecho, todos ellos declaran el jueves en el Supremo después de que el tribunal aceptara – a petición de sus abogados- posponer una semana las declaraciones para preparar mejor la estrategia de defensa.

Como es habitual en estas resoluciones, el TC la notifica personalmente en Forcadell y también en los miembros de la Diputación Permanente (ya que el Parlamento está disuelto) y los advierte «del deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la nulidad acordada» y los avisa de las «eventuales responsabilidades penales que pueden incurrir».

Multas anuladas

En este mismo pleno, el TC ha acordado –también por unanimidad- levantar las sanciones a Jové y Vidal. El pleno del pasado 21 de septiembre, el TC acordó por unanimidad imponer multas diarias de 12.000 euros en el número 2 de Economía, Josep Maria Jové (detenido en los registros de la Guardia Civil el día antes) y de 6.000 euros diarios a la jefa del área de Procesos Electorales, Montserrat Vidal. En aquel mismo pleno, también se sancionaron todos los miembros de la Sindicatura Electoral.

El Gobierno cesó Jové para evitar las sanciones y también disolvió la Sindicatura Electoral. Ahora, el TC acuerda levantar «desde el momento inicial» las multas coercitivas.

Tumbada la Llei de Transitoriedad

Por otra parte, el TC también ha tumbado la Ley de Transitoriedad, aprobada en el Parlamento el 7 de septiembre y que ya estaba suspendida cautelarmente a petición del gobierno español. El pleno pone de relieve que «el derecho a la autonomía no es ni se puede confundir con la soberanía». Además, considera que la norma «es contraria de manera explícita a principios esenciales e indisociables del ordenamiento constitucional».

El alto tribunal señala que el derecho a la autodeterminación –entendido como un derecho para promover y consumar la secesión unilateral del Estado- «no está reconocido en la Constitución, ni se puede entender que forma parte del ordenamiento jurídico por la vía de tratados internacionales de los cuales España forma parte y que tampoco está fundamentado en el derecho internacional».

A la resolución, el TC cita argumentos ya esgrimidos para tumbar la Ley del Referéndum. Y recuerda que las dos leyes «incurren en vicios de inconstitucionalidad tanto desde la perspectiva sustantiva como en lo que se refiere a su tramitación parlamentaria». Por lo tanto, considera que la Ley de Transitoriedad «contradice la supremacía de la Constitución».

En conclusión, el TC entiende que el Parlamento incurrió al tramitarla y votarla en «graves incumplimientos del procedimiento legislativo que afectaron sin ningún tipo de duda a la formación de la voluntad de la cámara, a los derechos de las minorías y a los derechos de todos los ciudadanos a participar de los asuntos públicos a través de los representantes».

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