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La DGT aclara los límites de velocidad para adelantar y los conductores quedan sorprendidos

La normativa actual prohíbe superar el límite de velocidad durante un adelantamiento, una excepción que hace años sí que existía

Imagen de archivo de coches en una autopista

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Muchos conductores siguen pensando que pueden acelerar por encima del límite de velocidad para adelantar con más seguridad, especialmente en carreteras convencionales. Sin embargo, la normativa actual es clara: superar la velocidad máxima para completar un adelantamiento no está permitido en ningún caso. La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que el límite de la vía se tiene que respetar siempre, también durante esta maniobra.

La confusión tiene su origen en una norma que durante años sí que lo permitía. Antiguamente, los turismos podían superar en hasta 20 km/h el límite establecido en carreteras convencionales cuando adelantaban otro vehículo. Esta medida pretendía reducir el tiempo en el carril contrario y, teóricamente, mejorar la seguridad. Sin embargo, los estudios de accidentalidad mostraron que los adelantamientos seguían siendo una de las maniobras más peligrosas en este tipo de vías.

Por este motivo, el Gobierno eliminó esta excepción el año 2019. Posteriormente, las reformas de la normativa de tráfico de 2021 y 2022 reforzaron este criterio con el objetivo de reducir la gravedad de los accidentes a las carreteras convencionales, donde la velocidad inadecuada sigue siendo uno de los factores principales de riesgo.

Con la legislación vigente, adelantar no da ningún permiso para aumentar la velocidad. Si la maniobra sólo se puede completar superando el límite, simplemente no se tendría que hacer. Además, los radares —sean fijos, móviles o de tramo— sancionan cualquier exceso de velocidad sin tener en cuenta si el conductor estaba adelantando otro vehículo.

Las consecuencias pueden ser importantes. Superar el límite puede comportar multas de entre 100 y 600 euros y la pérdida de hasta seis puntos del carnet de conducir, según la gravedad del exceso. Si la velocidad supera en más de 60 km/h el límite en vías urbanas o en más de 80 km/h en carreteras, el hecho puede llegar a considerarse un delito contra la seguridad vial, con posibles penas de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad.

Además de las sanciones, hay otro factor relevante en caso de accidente. Si se produce un siniestro durante un adelantamiento y se demuestra que el conductor circulaba por encima del límite, este exceso puede influir en la atribución de responsabilidades e incluso afectar a la cobertura del seguro.

Por eso, la DGT insiste en que la clave de un adelantamiento seguro no es hacerlo más rápido, sino planificarlo correctamente. La maniobra sólo se tendría que realizar si se puede completar respetando la velocidad máxima de la vía y con una visibilidad suficiente. Si el vehículo que circula en frente ya lo hace a una velocidad próxima al límite, la recomendación es esperar y no forzar la situación. Según Tráfico, la seguridad depende sobre todo de tomar decisiones prudentes y adaptar la conducción a las condiciones de la carretera.

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