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Es oficial: Hacienda aclara lo que todos los españoles se preguntan sobre el IRPF
La retención en la nómina puede aplicarse aunque no haya obligación de presentar la Declaración de la Renta

Hacienda aclara lo que todos los españoles se preguntan sobre el IRPF
Es oficial: muchas nóminas pueden incluir retenciones de IRPF aunque el trabajador no esté obligado a hacer la Declaración de la Renta. Agencia Tributaria ha dejado claro que se trata de dos obligaciones diferentes que a menudo se confunden: una cosa es tener que declarar y otra es que la empresa tenga que practicar retenciones.
El IRPF funciona como un sistema de pagos a cuenta. Eso quiere decir que, a lo largo del año, el trabajador va adelantando el impuesto mediante las retenciones mensuales que la empresa ingresa en Hacienda en su nombre. Por lo tanto, aunque no se llegue al límite legal que obliga a presentar la declaración, sí que se pueden haber soportado retenciones durante todo el ejercicio.
Declarar no es lo mismo que retener
Para el año 2026, el límite general que exime de presentar la declaración cuando hay un solo pagador es de 22.000 euros anuales. Ahora bien, este tope no determina si se tiene que aplicar retención a la nómina. La retención depende exclusivamente de la normativa de pagos a cuenta y del cálculo que se hace según los ingresos previsto y la situación personal.
La empresa actúa como colaboradora de Hacienda y calcula cada mes el porcentaje de retención en función del salario bruto anual querido, las cotizaciones en la Seguridad Social, la situación familiar (hijos, discapacidad, estado civil) y la comunidad autónoma de residencia. Este cálculo se basa en la Ley 35/2006 del IRPF y en la escala vigente de retenciones. En cualquier caso, la cantidad retenida es sólo un adelanto, no el resultado definitivo del impuesto.
Tramos de IRPF en el 2026
Los tipos combinados estatal y autonómico previstos para el 2026 quedan así:
- Hasta 12.450 €: 19%
- De 12.450 € a 20.199 €: 24%
- De 20.200 € a 35.199 €: 30%
- De 35.200 € a 59.999 €: 37%
- De 60.000 € a 299.999 €: 45%
- Más de 300.000 €: 47%
Estos porcentajes sirven de base para calcular la retención aplicable según cada caso concreto.
¿Por qué me retienen si no tengo que declarar?
Aquí está donde se resuelve la duda que plantea el titular: sí, la nómina puede llevar IRPF aunque no estés obligado a presentar la renta. Por ejemplo, una persona que gane 18.000 euros anuales con un solo pagador puede no estar obligada a declarar, pero sí tener retenciones mensuales si el cálculo así lo determina.
La clave es que la obligación de retener no depende del límite de los 22.000 euros, sino de la previsión de ingresos y de la normativa de pagos a cuenta.
En algunos casos, no presentar la declaración puede implicar perder dinero. Si a lo largo del año se ha retenido más de lo que finalmente corresponde pagar, la declaración puede salir 'a retornar'. Aunque no haya obligación legal, se puede presentar voluntariamente. En salarios intermedios —entre 16.000 y 21.000 euros, aproximadamente— es relativamente habitual que el resultado sea favorable al contribuyente.
¿Cuándo no se tiene que practicar retención?
Hay umbrales mínimos por debajo de los cuales la empresa no tiene que aplicar retención, que varían según la situación familiar. En el caso de solteros sin hijos, el límite se sitúa en torno a los 15.876 euros anuales, y aumenta si hay hijos a cargo o cónyuge con rentas bajas. Si se superan estas cantidades, aunque no se llegue a los 22.000 euros, sí que se puede aplicar retención.
El caso del SMI en el 2026
El Gobierno ha acordado con los sindicatos una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) del 3,1% para el 2026, con un incremento de 37 euros mensuales. El nuevo SMI quedará fijado en 1.221 euros brutos en el mes en 14 pagas, es decir, 17.094 euros anuales, y no tributará por IRPF después del acuerdo con el Ministerio de Hacienda. Además, la medida tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha defendido que esta decisión refuerza el compromiso del Gobierno con las personas trabajadoras y la mejora de sus condiciones de vida.