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Confirmado: Prohíben a las eléctricas hacer llamadas comerciales

La nueva ley del sector eléctrico busca «maximizar la protección» a los consumidores

Una factura de una comercializadora de energía

Una factura de una comercializadora de energía

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El gobierno español ha aprobado un decreto que prohíbe a las eléctricas hacer llamadas comerciales. El texto que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros no permite a las compañías ni hacer publicidad ni ofrecer contratos por teléfono a no ser que el consumidor, con carácter previo, lo haya solicitado «de forma explícita».

Esta es una de las medidas que incluye la nueva ley del sector eléctrico, que busca «maximizar la protección» de los usuarios. La nueva norma también prevé que no se pueda interrumpir el suministro de los hogares en festivo, vísperas de festivo o días en que no haya servicios de atención al cliente. El Ministerio para la Transición Ecológica ha adelantado que trabaja en «medidas equivalentes» en el sector del gas.

El nuevo reglamento que ha presentado la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, después del Consejo de Ministros fija que las empresas que incumplan la norma y hagan 'spam' telefónico se afrontan a multas de entre 600.001 euros y seis millones de euros, de acuerdo con la normativa de la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC), que se encargará de resolver las infracciones.

La normativa del gobierno español fija que en las llamadas telefónicas autorizadas, habrá que usar un prefijo «específico» y, en caso de saltarse la normativa, las compañías de telecomunicaciones tendrán que bloquear el número.

El texto también agiliza los procesos de cambio de suministrador. Así, impide los compromisos de permanencia y las penalizaciones por rescisión del contrato.

Aagesen también ha resaltado que suben las exigencias de calidad y transparencia sobre los servicios de atención al cliente y reclamaciones. En esta línea, las empresas suministradoras tendrán que disponer de un servicio gratuito de atención al cliente, al menos digital, que se preste de forma que haya «constancia» de la petición efectuada, incluido, si es necesario, la transcripción de las llamadas.

Consumidores con bono social eléctrico

En el caso de los consumidores con bono social eléctrico, fija que tendrán que dejar «constancia escrita» de su voluntad de abandonarlo al contratar en el mercado libre y las empresas tendrán que informar mensualmente de estas renuncias a la CNMC.

También prevé que las comunidades autónomas y los entes locales puedan declarar como «esenciales» los suministros a los beneficiarios de este descuento, de forma que se evite cortarlos la luz en caso de impago de la factura.

El texto detalla que los consumidores podrán tener más de un contrato de suministro de electricidad al mismo tiempo con una o varias comercializadoras, a la vez que se podrán firmar contratos «de temporada», que duren menos de un año.

El Ministerio para la Transición Ecológica ha defendido que con todo ello la normativa será la «más garantista» y la que «más protección» ofrece al consumidor.

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