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Judicial

Un juez ordena quitar banderas LGTBI del edificio de grupos del Ayuntamiento de Madrid

El juez considera conveniente estimar la medida cautelarísima instada por Vox e interpuesta al Ayuntamiento de Madrid

Imatge de les banderes LGTBI a l'edifici de grups de l'Ajuntament de Madrid.

Madrid: Un juez manda a quitar banderas LGTBI del edificio de grupos municipales

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Un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 18 de Madrid ha estimado la medida cautelarísima pedida por Vox para retirar provisionalmente las banderas LGTBI colocadas en el edificio de grupos municipales, una decisión que algunos partidos de la izquierda rechazan y amenazan con no acatar.

No obstante, fuentes municipales han avanzado que el Ayuntamiento «respeta las decisiones judiciales y tomará las medidas necesarias para cumplir el auto, puesto que es su obligación». En el auto, el juez señala que oídas las razones expuestas por ambas partes personadas se considera conveniente estimar la medida cautelarísima instada por Vox e interpuesta al Ayuntamiento de Madrid.

El auto recalca que solo analiza «con carácter urgente y limitado la colocación de banderas/pancartas no oficiales en el exterior de un edificio o espacio público y no lo que la misma representa (valores sumamente respetables y ampliamente compartidos por nuestra sociedad, dicho sea de paso)».

Añade que lo contrario sería una interpretación espuria y descalificaría a quienes hicieran un uso indebido, partidista o ideológico de una cuestión que está al margen de que la bandera no oficial represente al colectivo LGTBI. «Sentada la anterior premisa, hay que partir de la necesaria neutralidad, independencia e imparcialidad con la que tienen que actuar las Administraciones y el resto de poderes públicos», indica el auto.

La resolución judicial también añade que el Ayuntamiento no ha aportado en este incidente procesal ninguna prueba documental que acredite la existencia de un acuerdo municipal autorizando la colocación de las banderas/pancartas en el edificio municipal de grupos situado en la calle Mayor, número 71, de Madrid, por lo que el juzgado se plantea una vía de hecho, la «ausencia total de procedimiento administrativo».

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