Diari Més

Absuelto el internauta que publicó en Twitter la imagen de Montserrat del Toro, secretaría judicial del 20S

El juez considera que no se produjo ningún tipo de obstrucción a la justicia, como argumentaba la fiscalía

Imagen de los manifestantes durante la protesta delante de la conselleria de Economía el 20 de septiembre del 2017.

El teniente responsable de la seguridad del 20-S: «No podiem dar ni un paso, nos insultaban y tiraban cosas»EFE

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Una juez de Barcelona ha absuelto a un internauta que divulgó en su mensaje de Twitter una fotografía y el número de DNI de Montserrat del Toro, la secretaria del juzgado de instrucción número 13 de Barcelona que dirigió el registro de la sede del Departamento de Economía el 20 de septiembre de 2017.

En su sentencia, la titular del juzgado de lo penal número 7 de Barcelona absuelve al procesado, R.N.A., de los delitos de obstrucción a la justicia, coacciones y revelación de secretos por publicar los datos de la secretaria judicial, tras su declaración como testigo en el juicio del «procés» celebrado en el Supremo.

Pese a absolver al internauta, que fue definido como «analista de inteligencia» por su defensa, la juez acuerda remitir el caso a la Agencia Española de Protección de Datos, «por el tratamiento de los datos obtenidos y publicados, sin consentimiento de su titular».

El tuit que dio pie a la causa judicial contra R.N.A., para quien la Fiscalía pedía dos años de cárcel, afirmaba: «esta señora que no quiere que la vean está en el BOE», mensaje que iba acompañado del nombre, el DNI y una fotografía de la letrada, procedente de las redes sociales.

Para la juez, no está acreditado que con su mensaje el procesado tuviera la finalidad de «intimidar» a la secretaria judicial «como represalia por su declaración» ni «lograr la mayor difusión posible de la imagen y aspecto» de Del Toro «para que la misma fuese objeto, cuanto menos, de insultos y escarnio tanto en redes sociales como en su vida privada».

La sentencia descarta además que el procesado incurriera en un delito de obstrucción a la justicia cuando publicó los datos de la letrada, puesto que «el mensaje se tuiteó una vez declaró como testigo protegida».

»En efecto, falta el presupuesto de tratar de cambiar la actuación procesal (la declaración ya se había practicado tal y como se seguía en los medios de comunicación)», agrega la juez, que recuerda que el delito de obstrucción persigue «conductas peligrosas para el correcto funcionamiento de la administración de justicia» para preservar la libertad y seguridad de denunciantes y testigos.

Además, recuerda la magistrada que los datos sobre la secretaria judicial «eran públicos y llevados a la red por la perjudicada», puesto que la fotografía publicada era una imagen antigua que la mujer tenía colgada en su perfil de Facebook, de acceso restringido desde hacía tiempo.

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