Diari Més

Estado de Alarma

¿Cuál es el coste de las sanciones por saltarse el confinamiento?

Las propuestas de sanción que aparecen en el documento de Interior oscilan entre los 601 y los 10.400 euros

Plano medio de un agente de la policía local de Sant Carles de la Ràpita pidiendo la documentación a un conductor en el control de acceso en el núcleo urbano.

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Incumplir las restricciones a la circulación impuestas tras la declaración del estado de alarma puede salir muy caro. O eso se deduce de una guía que el Ministerio del Interior ha remitido a las 19 delegaciones del Gobierno con orientaciones sobre cómo gestionar los procedimientos sancionadores por incumplir el confinamiento.

Las propuestas de sanción que aparecen en el documento oscilan entre los 601 euros por salir de casa sin motivo justificado, hasta los 10.400 euros, por amenazar o agredir a un agente u organizar o participar «en actividades en común, festejos, celebraciones etc», comportamientos que también pueden alcanzar esa cuantía.

Menospreciar a un agente se puede sancionar con 2.000 euros, mientras que un viaje sin justificar a una segunda residencia nos puede salir por 1.500. Si se incumplen las restricciones sin justificación y de forma persistente, las multas pueden alcanzar los 1.200 euros, que se elevan a 2000 en el caso de los comercios o industria que legalmente no tengan permitido retomar su actividad.

No respetar el confinamiento y hacerlo en grupo puede acarrear sanciones de 1.500 euros. Y si nos lo saltamos junto a menores, discapacitados o personas vulnerables -«en especial en el vehículo»- sin causa justificada, otros 1.500 euros.

Las propuestas de sanción se hacen siguiendo el artículo 36.6 de la ley de seguridad ciudadana, que considera infracciones graves «la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones» o la negativa a identificarse ante los agentes del orden. Los modelos de expediente sancionador que incluye el documento se hacen en virtud de este precepto.

En cualquier caso, tanto el propio texto como el Ministerio del Interior recuerdan que son «indicaciones de carácter meramente orientativo», es decir, que no deben tomarse como 'una lista de la compra'. La pelota a la hora de iniciar el expediente está en el tejado de cada delegación del Gobierno: los agentes se limitan a comunicar una posible infracción, las multas las deciden las delegaciones.

El propio documento recuerda que no se trata de «una relación cerrada» y tampoco recoge conductas que puedan tener una responsabilidad penal ni exime de que se puedan aplicar cuantías diferentes.

«No dice nada nuevo que no llevemos diciendo desde el inicio del estado de alarma. Las herramientas que tienen los agentes hoy para hacer cumplir la legalidad son las mismas que hace tres meses», explican desde Interior.

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