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Oriol Junqueras no podrá recoger el acta de eurodiputado

El Supremo le prohíbe salir de la prisión para recoger el acta porque lo ve «un peligro irreversible» para el final del proceso penal si va a Bruselas

Imagen de Junqueras durante su declaración en el Tribunal Supremo.

Junqueras dice que la actuación policial el 1-O fue «injustificada» y que buscaba «generar crispación»Senyal Institucional del Tribunal Suprem

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El Tribunal Supremo no excarcelará a Oriol Junqueras para que vaya al Congreso a acatar la Constitución y recoger el acta de eurodiputado, unos trámites que tenía que hacer el lunes ante la Junta Electoral Central. Los magistrados argumentan que puede producirse un «peligro irreversible» para el final del proceso, cuando todavía falta la sentencia. Apuntan que tendría que salir del Estado para ir a Bruselas y eso implicaría «pérdida del control jurisdiccional» y de la prisión preventiva que afecta al exvicepresidente. También subrayan que la sede del Parlamento Europeo está en Bruselas, donde vive «el procesado en rebeldía Carles Puigdemont» y donde ha establecido «la sede de la república catalana en el exilio». Además, dice que no se trata de una pérdida «irreversible» de su derecho de participación sino «un aplazamiento temporal» y que, más adelante y según cuál sea la sentencia, «pueden desaparecer los obstáculos» que le impiden tener la condición de eurodiputado. El tribunal ha hecho caso a la fiscalía y no a la abogacía del Estado, que sí quería que se le diera el permiso para acreditarse como eurodiputado al Congreso.

Oriol Junqueras no podrá salir de la prisión el próximo lunes para ir al Congreso a acreditarse como eurodiputado junto con los otros 53 eurodiputados electos que resultaron escogidos el 26 de mayo. El Tribunal Supremo no le da permiso, a diferencia de lo que hizo el pasado 14 de mayo cuando sí autorizó que fuera dos días al Congreso (20 y 21 de mayo) para hacer trámites y asistir a la sesión constitutiva de la cámara baja.

Y es que ahora el tribunal considera que se trata de un caso diferente porque el Supremo tendría que someterse al control del Parlamento Europeo (y la aplicación de normas supranacionales) justo cuando ya ha acabado el juicio oral y falta dictar sentencia. De esta manera, el tribunal evita que Junqueras consiga la condición plena de eurodiputado y también alcance inmunidad.

Un hecho que podría afectar al proceso judicial en su recta final, según reconocen los magistrados en la resolución, cuando la fase de deliberación está justo en el inicio. «El deber de esta sala es asegurar el final del proceso judicial adquiere un significado especial, que condiciona la respuesta a cualquier solicitud que pueda deducirse», aseguran los siete magistrados.

«Peligro irreversible»

El tribunal que durante cuatro meses ha juzgado Junqueras considera que dejar salir a Junqueras para acreditarse como eurodiputado en el Congreso supone «peligro irreversible» para el final del proceso judicial y que también supondría «el traslado obligado» después para la sesión constitutiva del 2 de julio, donde alcanzaría la condición plena de europarlamentario.

Además, los magistrados remarcan que tener que desplazar Junqueras fuera del Estado supone una «pérdida de control jurisdiccional sobre la medida cautelar de prisión», y que se produciría «en el mismo instante» que saliera de territorio español. El tribunal tampoco pasa por alto que la sede del Parlamento Europeo está en Bruselas (aunque el pleno del 2 de julio se celebra en la sede de Estrasburgo, en Francia) y que está allí donde uno de los «procesados en rebeldía dice haber instalado la sede del gobierno de la república catalana en el exilio, que él presidiría». «Así lo publicita en la web y en todos los encuentros personales que mantiene con líderes políticos», subraya la sala.

«Aplazamiento temporal» porque el escaño queda «vacante»

El tribunal también cree, en cambio, que no se pierde su derecho de participación después de haber sido escogido, sino que hay un «aplazamiento temporal» hasta que haya sentencia y, eventualmente, puedan desaparecer los obstáculos» que le impiden adquirir la condición parlamentaria. Y que ni en el reglamento del Parlamento Europeo ni a la ley orgánica de régimen electoral (Loreg) se determina que no recoger el acta o no ir a la sesión constitutiva suponga perder este derecho.

«Esta limitación temporal se tiene que entender como una limitación necesaria para poder preservar otro constitucionalmente legítimo y propio de una sociedad democrática, el aseguramiento del fin del proceso penal», argumentan.

Los magistrados citan un artículo de la Loreg donde dice que si pasados cinco días desde su proclamación no han acatado la Constitución su escaño queda «vacante». «La junta electoral central, por lo tanto, no puede asociar la imposibilidad de acatar la Constitución a un efecto irreversible de la pérdida del derecho inherente a la elección», manifiestan a los magistrados, que consideran que su plaza queda «vacante» y que podría convertirse en eurodiputado más adelante si es absuelto.

Además, defienden que la decisión se ha hecho de manera «ponderada». «La interpretación que asume la sala es el resultado de nuestra voluntad de no sacrificar ninguno de los intereses y derechos que convergen en esta cuestión planteada», remarcan.

Publicados en el BOE

La decisión del Supremo llega el mismo día que el Boletín Oficial del Estado publica los nombres de los 54 eurodiputados españoles, entre los que aparecen Carles Puigdemont y Toni Comín -que se presentaron por Lliures per Europa- y Oriol Junqueras, que encabezó la candidatura de ERC a las elecciones europeas.

El BOE también recoge el acuerdo del jueves de la Junta Electoral Central (JEC) donde decía que los candidatos tienen que prestar juramento a o promesa de acatamiento de la Constitución desde el Congreso de Diputados, en Madrid, el próximo 17 de junio a las 12 horas. De esta manera, se cierra la puerta definitivamente a la petición de Lliures per Europa de recoger las credenciales sin la presencia física de Puigdemont y Comín.

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