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La fiscalía pide al Supremo que comunique a Congreso y Senado la «suspensión inmediata» de los diputados encarcelados

Quiere que se les aparte en aplicación del mismo artículo que en el caso del Parlament y no esperar a ver cómo las cámaras interpretan su reglamento

Rull, Turull y Sànchez, en los escaños del Congreso en la sesión constitutiva de la cámara.

Rull, Turull y Sànchez, en los escaños del Congreso en la sesión constitutiva de la cámara.EFE

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La fiscalía ha remitido un escrito en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para pedirle que comunique a la Mesa del Congreso y el Senado «la aplicación inmediata» del artículo 384bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) para suspender a los diputados encarcelados. La fiscalía ha hecho público el escrito al día siguiente que Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva hayan tomado posesión como diputados y senador (en el caso de Romeva). El ministerio público considera que el Supremo tiene que tomar la iniciativa e instar a las cámaras a aplicar este precepto legal. Este es el procedimiento que se siguió el julio pasado cuando el juez instructor, Pablo Llarena, pidió al Parlament que suspendiera a los diputados en prisión preventiva y procesados por rebelión (en base al artículo 384bis) y que habían sido escogidos el 21 de diciembre de 2017. En cambio, los magistrados del tribunal se habían decantado para que fueran el Congreso y el Senado quien suspendieran los diputados encarcelados aplicando el reglamento de las cámaras y sin necesidad que el Supremo les tuviera que instar a hacer nada.

La fiscalía ha remitido un escrito a los magistrados que están juzgando a los líderes independentistas para decirles cuál es la vía que consideran adecuada para suspender a los cinco parlamentarios encarcelados. Por una parte, el tribunal considera que tiene que ser la Mesa del Congreso y el Senado la que tome la iniciativa y los suspenda en aplicación de su propio reglamento. Así lo apuntó en el auto del pasado 14 de mayo cuando rechazaba, entre otros, la necesidad de tramitar la autorización en las cámaras para seguir juzgándolos (suplicatorio).

En aquella resolución, el tribunal ya se refería al artículo 21.2 del reglamento del Congreso donde se estipula que una vez tramitado el suplicatorio, un diputado que esté en situación de prisión preventiva implicará la suspensión de sus derechos y deberes parlamentarios mientras dure la situación de prisión.

Si se sigue este camino, las cámaras están obligadas a estudiar el reglamento y, entre otros, interpretar si en este caso el hecho que no se haya tramitado el suplicatorio puede complicar la suspensión (ya que es uno de los requisitos que menciona el 21.2). Además, la mesa tendría que pedir informes jurídicos a los letrados y eso alargaría los trámites. Todo, en medio de las negociaciones para una investidura de Sánchez. Si la votación se produce con los diputados encarcelados suspendidos, la mayoría parlamentaria en el Congreso se reduciría de 176 a 174 y eso facilitaría a Sánchez resultar escogido sin necesidad de depender de la abstención de los independentistas.

Quiere que el Supremo tome la iniciativa

Por eso, la fiscalía quiere que el Supremo tome la iniciativa y comunique «de manera inmediata» a Congreso y Senado la suspensión de todos cinco vía artículo 384bis. Este es el procedimiento que siguió al juez instructor, Pablo Llarena, el pasado mes de julio cuando comunicó al Parlament la suspensión de los diputados que habían sido escogidos el 21 de diciembre de 2017 y que estaban con auto de procesamiento firme por el delito de rebelión y con la medida de prisión preventiva decretada. Entonces, resultaron suspendidos Rull, Turull, Junqueras, Sànchez, Romeva y también Puigdemont.

La fiscalía recuerda que para aplicar de manera efectiva y cumplir con esta previsión legal (384bis), las cámaras parlamentarias tienen que proceder «a la ejecución sin más trámites de la medida de suspensión en el ejercicio de sus funciones». Y subraya que el Tribunal Constitucional ha «avalado» esta suspensión instada por Llarena en la decisión del pleno del 21 de marzo de 2019, cuando denegó suspender la aplicación de este artículo tal como pedían las defensas.

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