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Laboral

Los interinos no serán indemnizados cuando los titulares de la plaza recuperen el puesto de trabajo

El Tribunal Supremo aplica una sentencia del TJUE y dice que estos trabajadores no cobrarán ni 12 ni 20 días de indemnización

Imagen general de la fachada principal del Tribunal Supremo.

Tribunal SupremoACN

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El pleno de la sala cuarta del Tribunal Supremo ha dictaminado que los trabajadores públicos interinos no serán indemnizados cuando el titular de su plaza se reincorpore a su lugar de trabajo. El Supremo ha dictado una sentencia en la cual resuelve la cuestión relativa a la indemnización aplicable a los contratados al servicio de organismos públicos en régimen de interinato por sustitución de otro trabajador con derecho en reserva de puesto, cuando son cesados por reincorporación del sustituido. En esta sentencia la sala aplica los criterios fijados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado mes de noviembre, dictada como consecuencia de una cuestión prejudicial elevada por la misma sala, con el fin de precisar el alcance de una sentencia anterior del mismo TJUE sobre el mismo caso en el 2016 y que procedía de un litigio del 2012 entre una interina desde el 2005 y el Ministerio de Defensa en Madrid.

El Tribunal Supremo señala que el TJUE, en la segunda de sus sentencias respecto del mismo asunto, reconduce la cuestión y, después de haber sugerido lo contrario en la primera sentencia, más tarde en la segunda niega que sea contraria a la Directiva Comunitaria sobre discriminación de contratados temporales la norma de derecho interno español que no aplica ninguna indemnización en caso de vencimiento regular del contrato de interinato por sustitución de otro trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, cuando el contratado interino cesa por reincorporación del trabajador sustituido. Por eso, el interino cesado no tiene derecho a la indemnización que se otorga a los despidos por causas objetivas (20 días de indemnización por año de antigüedad). Añade el tribunal que ni siquiera se aplica en el contrato de interinato por sustitución de otro trabajador la indemnización fijada en otros casos de vencimiento de contrato temporal (12 días por año). La sentencia cuenta con voto particular de dos magistrados de la sala.

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