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El gobierno limita la subida anual de los alquileres al incremento del IPC y amplía a 5 años los contratos

El Congreso de los Diputados tendrá que validar el decreto y todo apunta que formaciones determinantes como Podem, ERC y PDeCAT darán apoyo

Las solicitudes de las ayudas para el pago del alquiler se pueden presentar hasta el 29 de junio.

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El gobierno español ha aprobado limitar la subida anual de los alquileres al incremento del Índice de Precios al Consumo (IPC) y ha ampliado de 3 a 5 años la prórroga obligatoria de los contratos. Lo ha anunciado este viernes la vicepresidenta del gobierno español, Carmen Calvo, a la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha aprobado un real decreto ley con medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Así pues, los propietarios no podrán subir el precio del alquiler de un contrato por encima de la inflación anual. Calvo ha afirmado que el real decreto busca la «protección de los arrendatarios» pero también «el equilibrio» entre los dos. Ahora la medida tendrá que pasar por el Congreso de los Diputados y todo apunta que formaciones determinantes como|cómo Podem, ERC y PDeCAT darán apoyo.

Preguntada por la posición del PNV, Calvo ha esperado tener un «amplio consenso» para sacar adelante la medida. La vicepresidenta del gobierno ha argumentado que sería «muy importante» tener el apoyo de los mayor número de grupos parlamentarios, ya que el problema de la vivienda es «grave», en especial entre el colectivo joven. Será la diputación permanente del Congreso la encargada de validar la medida, ya que la cámara se disolverá el martes.

Podemos ha criticado que el decreto es limitado pero no ha manifestado que se oponga. ERC y el PDeCAT también tendrían predisposición para aprobarlo. Fueron precisamente estas formaciones las que tumbaron el primer decreto. El decreto se publicará este sábado en el BOE para entrar en vigor el domingo. Calvo ha defendido que no han podido hacer más en materia de vivienda por la no aprobación de los presupuestos.

Prórroga del contrato

Con respecto a la prórroga obligatoria del contrato pasa de 3 a 5 años si el propietario es una persona física, tal como ya aprobó el gobierno en diciembre pero tumbó el Congreso de los Diputados un mes después. En caso de que el arrendador sea una persona jurídica, la prórroga será de 7 años. Aparte, la prórroga tácita del contrato una vez hayan pasado los periodos de 5 y 7 años pasa de uno a tres años. De esta manera, se vuelve a la situación anterior a la reforma de 2013.

El decreto también amplía el periodo de preaviso de no renovación del contrato, el propietario tendrá que notificar con un mínimo de cuatro meses y el inquilino con dos meses de antelación.

Protección para los desahucios

El gobierno español ha introducido novedades en el procedimiento de desahucio y amplía de dos a tres los meses de suspensión del desahucio cuando la situación del inquilino es de vulnerabilidad social. Este periodo tiene como objetivo buscar una solución cuando el propietario sea una persona jurídica, es decir una compañía. Además, también fija la obligatoriedad para los juzgados de notificar el día y la hora en que se hará el desahucio y la notificación sistemática del desahucio a los servicios sociales.

Índice de referencia de precios

Aparte, el decreto prevé el desarrollo en un plazo de ocho meses de un sistema estatal de referencia del precio del alquiler a fin de que haya un «mayor conocimiento» del mercado y para que sirva de soporte a posibles medidas fiscales. Las autonomías podrán elaborar sus propios índices pero en ningún caso podrán regular los precios del alquiler a partir de este indicador.

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