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Batea cierra la sala de velatorios por orden judicial y la volverá a licitar este mes

El contencioso de Tarragona da diez días para certificar que existe una sala mortuoria

Imagen del Ayuntamiento de Batea.

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Después de un largo litigio judicial, el Ayuntamiento de Batea (Terra Alta) ha tenido que cerrar la sala de velatorios por el requerimiento del juzgado contencioso número 1 de Tarragona, al que ha tenido acceso ACN. Se le exige que no se reabra hasta que se vuelva a licitar porque la primera concesión del servicio quedó anulada por una sentencia del TSJC del 2017. También tiene diez días para certificar que existe una sala de prácticas mortuorias. El consistorio ha abierto este año un nuevo concurso de licitación –que acaba el 22 de octubre- y ha mantenido el servicio con una sala mortuoria habilitada. El juzgado del contencioso considera que, en anularse la licencia de actividades y el concurso de licitación inicial, la sala de velatorios ha funcionado «de manera legalmente clandestina».

El Ayuntamiento de Batea (Terra Alta) cerró el pasado viernes la sala de velatorios municipales por requerimiento del contencioso 1 de Tarragona en la resolución de ejecución de una sentencia del TSJC (Tribunal Superior de Justicia de Cataluña). En el auto anterior, de octubre del 2017, se anulaba la concesión del servicio y se requería una sala de prácticas mortuorias así como una modificación de las normas subsidiarias para corregir un error urbanístico de las instalaciones.

Como ha asegurado el alcalde de Batea, Joaquim Paladella, en declaraciones al ACN, el Ayuntamiento ya ha enviado la certificación al contencioso de que existe la sala mortuoria y denuncia que el cierre de la sala de velatorios deja a Batea sin la figura del enterrador, ya que estaba incluida en el servicio. «Si durante este tiempo se muere alguien, veremos cómo lo hacemos y dónde lo hacemos», ha lamentado Paladella.

De hecho, la resolución del cumplimiento de sentencia rechaza que el servicio funerario haya seguido funcionando por decreto de alcaldía con la concesión anulada. No lo considera un «servicio público esencial», como había defendido el consistorio, y apunta que ha seguido operando «de manera legalmente clandestina». El magistrado señala que «no se ha acreditado que el servicio no se pueda prestar, por ejemplo, a los municipios próximos».

«Lo que nos digan los jueces lo hemos cumplido y lo cumpliremos ahora. Pero es evidente que es un servicio que se tiene que dar, y tan pronto como tengamos acabado el concurso ya tendrían que estar todos los temas resueltos», ha pedido el alcalde. «Hay muchísimas salas de velatorio y que sepamos ninguno tienen la sala de prácticas mortuorias que nosotros sí que tenemos», ha defendido.

La rescisión de la licitación inicial ha supuesto el pago de una indemnización a la empresa adjudicataria, un coste que se ha incluido en un canon del nuevo contrato para evitar perjuicios económicos en el consistorio. El nuevo contrato también mantiene la limitación del precio del servicio funerario –sobre los tres mil euros-, que abarata el coste en relación con otras ofertas de otras empresas. «La sentencia no dice, en ningún momento, que eso no lo hicimos bien», recordaba el alcalde en enero.

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