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La Audiencia de Tarragona rebaja años de prisión a dos condenados por violación

La Sección Segunda estima el recurso de la defensa de aplicar la nueva ley más favorable y en lahorquilla más baja, rebajando la condena de diecinueve a once años

El juicio se celebrará este viernes en la Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona.

Audiencia de TarragonaACN

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La Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona ha estimado el recurso de la defensa de dos hombres condenados a dieciocho años de prisión cada uno por violación y cooperación necesaria poragresión sexual rebajando la pena final a once años. La ejecutoria dictada por los magistrados aplica las penas previstas en la nueva ley del «sólo sí es sí», como además favorable para el condenados, y las revisa en los dos casos situándolas en la horquilla más bajaporque en la comisión de los hechos «no se aprecia una violencia excesiva». Los dos fueron condenados originalmente, en una sentencia de febrero de 2022, a doce años de prisión, por violación, y seis años más por cooperación necesaria para agresión sexual en agosto de 2020.

La revisión de penas de la Audiencia de Tarragona con la aplicación de la nueva ley del «sólo sí es sí» es una de las cuantitativamente más importantes acordadas por los órganos judiciales durante los últimos meses. La ejecutoria hecha pública acepta el argumento del «cambio del marco punitivo» que se ha producido con la aplicación de la ley recientemente aprobada. Las penas por violación, que eran anteriormente entre doce y quince años según el código penal, pasan a una horquilla de siete a quince. Las de cooperación para agresión sexual se rebajan de los entre seis y doce años a los entre cuatro y doce.

Así las cosas, y partiendo del principio de aplicar la «retroactividad de la ley penal más favorable», los magistrados de la Sección Segunda rebajan sustancialmente las condenas en los dos casos. De los doce años por violación se pasa a los siete. Los seis por cooperación necesaria para agresión sexual se convierten en cuatro. Aplican la parte más baja de la horquilla porque «no se aprecia una violencia excesiva» en los hechos. «Consideramos que resulta proporcionada y ajustado a equidad la imposición de la pena mínima legalmente prevista en ambas fracciones, para cada uno de los acusados,» apuntan. Once años de prisión en total en cada caso.

Los hechos por los cuales fueron condenados los dos hombres tuvieron lugar el 17 de agosto de 2020 en las proximidades de la discoteca City Hall de Salou. De madrugada, encontraron un grupo de personas, entre los cuales, se encontraba la víctima. Ella y uno de los condenados se apartaron y empezaron a intimar hasta que el hombre la violó bruscamente. El otro acusado apareció poco después y se añadió a la agresión sexual de común acuerdo con el otro.

La sentencia concluye que la víctima no pudo oponer «suficiente resistencia ante la conducta de ambos acusados, al encontrarse durante todo el tiempo acosada, con los brazos inmovilizados, lo que provocó que se bloqueara, entrando en un estado de shock.» Sufrió varias lesiones -principalmente en el cuello, en el brazo, las cervicales y el área genital- que tardaronocho días encuidarse. Como consecuencia de los hechos, tuvo que hacer frente a un trastorno por estrés posttraumático que alteró gravemente su vida ordinaria.

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