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Judicial

Acepta seis años de prisión por matar a una mujer en una casa abandonada en Tarragona

El hombre será expulsado del país cuando acceda al tercer grado o le concedan la libertad condicional

Lla casa, precintada por los Mossos, donde han localizado a una mujer muerta en marzo de 2018.

Acepta seis años de prisión por matar a una mujer en una casa abandonada a TarragonaACN

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El hombre que mató a una mujer sintecho de 45 años en marzo del año pasado en Tarragona ha aceptado una pena de seis años de prisión por un delito de homicidio con los atenuantes de confesión y embriaguez. El junio pasado la defensa y la fiscalía llegaron a un acuerdo de conformidad que evitó la celebración del juicio con un jurado popular en la Audiencia de Tarragona. La sentencia en que ha tenido acceso la ACN prevé que, en el momento que el hombre -de nacionalidad lituana- acceda al tercer grado penitenciario o le concedan la libertad condicional, sea expulsado del país con la prohibición de volver durante seis años. El condenado también tendrá que indemnizar a los familiares de la víctima con 70.000 euros.

En el momento de los hechos, la víctima, de 45 años y nacionalidad española, vivía en la calle y dormía en un banco de la zona de la estación de autobuses de Tarragona. Por su parte, el condenado, de 31 años y de origen lituano, vivía en una casa abandonada y ruinosa, cerca de la T-11 y la plaza Europa de la ciudad. Según la sentencia, sobre las ocho de la noche del 24 de marzo del 2018 los dos coincidieron en un supermercado de la calle Prat de la Riba. Él compró dieciocho cervezas y se marcharon juntos hacia la casa ocupada, donde mantuvieron relaciones sexuales consentidas.

En un momento no determinado, entre las diez de la noche del 24 de marzo y las nueve de la mañana del 25 de marzo, el acusado, «con ánimo de matar o siendo plenamente consciente que con su actuación podía provocar la muerte, sofocó, por oclusión de los orificios respiratorios y estranguló a la víctima, provocándole la muerte por asfixia por mecanismo mixto de sofocación y estrangulamiento».

Hacia las nueve y media de la mañana del 25 de marzo, el individuo acudió a una casa próxima al lugar de los hechos, donde vivían dos personas, y les dijo «que había matado a una mujer y que llamaran al 112 porque se quería entregar a la policía». Una dotación de los Mossos d'Esquadra que se encontraba cerca lo detuvo al cabo de pocos minutos.

El hombre presentaba «un trastorno adaptativo, de control de los impulsos y trastorno por consumo de tóxicos, que no presentan bastante entida para que afecten a su capacidad cognoscitiva ni volitiva respeto se hechos». Sin embargo, la sentencia reconoce que había consumido bebidas alcohólicas que limitaban sus capacidades.

En el 2003, un juzgado de Palma dictó la incapacidad de la mujer por un trastorno de la personalidad con rasgos de trastorno de inestabilidad emocional y ausencia de control de impulsos, asociado a una toxicomanía, y nombrar su hermana como cuidadora. En el 2013, un juzgado de Lleida, ciudad donde vivía entonces, retiró a la hermana del cargo de tutora y nombrar en su lugar a la Fundación Intress para la integración.

Inicialmente, la fiscalía solicitaba una pena de 12 años y medio de prisión por un delito de homicidio con el atenuante de confesión y una indemnización de 40.000 euros para el padre y de 15.000 euros para cada uno de los dos hermanos de la víctima. A raíz del acuerdo de conformidad, el tribunal dictó sentencia oral en que se aceptaba el atenuante de embriaguez y fijaba la pena por homicidio en seis años de prisión. El hombre tendrá que pagar 70.000 euros a los familiares y asumir las costas procesales.

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