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Una tarraconense, a juicio por no querer participar de las elecciones

En el 2016 alegó objeción de conciencia y ahora se enfrenta a una petición de 10 meses de prisión

Cada vez más personas optan por hacer objeción de conciencia a los procesos electorales.

Una tarraconense, a juicio para no querer participar de las eleccionesACN

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Maria Isabel Barroso, de Tarragona, se enfrenta hoy a un juicio por haberse negado a participar de las elecciones. Desde que tiene edad de poder hacerlo, asegura que nunca ha votado en ninguna cita electoral por convicción «ácrata». En los comicios del 26 de junio de 2016 la convocaron como segunda suplente de presidenta de mesa en el Institut Vidal i Barraquer de Tarragona. Antes del día de las elecciones, presentó a la Junta Electoral de Zona de Tarragona su autoinculpación argumentando principios «tan políticos como éticos» ya que «estas elecciones pretenden otorgar una imagen de demócrata a un Estado que ha demostrado abastecimiento que no es tal», así como por el hecho de que se persiga judicialmente a los que desobedecen la obligación de participar del juego electoral. Esta desobediencia le puede comportar una pena de diez meses de prisión, pedida por la fiscalía, o una multa de 540 euros.

El juicio se celebrará a partir de las 11 de la mañana en el Juzgado de lo Penal número 4 de Tarragona y ya ha convocado una concentración de apoyo a las puertas del edificio de la calle de Sant Antoni Maria Claret desde media hora antes.

La citación en los juzgados le llegó 2 años después de celebrarse los comicios y, hace justo 2 meses la citaron para la vista previa. Como es usual en estos casos, afirma, le ofrecieron un pacto para no celebrar el juicio, pero no lo aceptó por la misma convicción que la llevó a no colaborar en las elecciones. En aquel momento, el juez presionó para celebrar el juicio aquel mismo día, pero finalmente, al no tener nada preparado ni defensa ni acusación, la citaron para hoy a las 11 de la mañana.

Barroso no es la única objetora de conciencia a las elecciones. Algunos de los casos acaban en nada, ya que tienen que ser los mismos miembros de la mesa los que opten por denunciar la ausencia de alguno de los convocados. Las peticiones de penas no son las mismas en todos los casos, tampoco, ya que depende de la Junta Electoral de Zona. En un caso, en O Barco de Valdeorras (Ourense), la JEZ aceptó la alegación de una ciudadana por «objeción de conciencia» y, en la resolución, aseguraban que aceptaban la excusa «por estar debidamente justificada».

Un caso diferente, del mismo año 2016, se produjo en el País Vasco. La Junta Electoral de Vitoria respondió a una alegación parecida diciendo que no admitía los motivos y advertía que las penas de prisión por no presentarse a la convocatoria electoral eran de tres meses a un año.

Insumisos

Estos objetores de conciencia, que en los últimos años han tenido una tendencia creciente, se inspiran en la lucha de insumisos en el servicio militar que existió en Cataluña y por todo el Estado durante los años 70, 80 y 90. El fin de la mili obligatoria se decretó en el 2001, aunque seis años antes con el cambio de Código Penal se redujeron drásticamente los casos en que la insumisión comportaba penas de prisión.

La tarraconense Maria Isabel Barroso es miembro del Ateneu Llibertari Alomà y afiliada al sindicato CNT, dos entidades de ideología libertaria que precisamente se oponen a lo que denominan «circo electoral». «Considero que no he cometido ningún delito», asegura Barroso, que en sus escritos y cartas de alegación planteaba que «un Estado donde se prohíbe la existencia de ciertos partidos políticos (Herri Batasuna), donde se cierran diarios (Egin), donde los responsables políticos de actos de terrorismo de Estado (GAL) quedan impunes, donde las nuevas leyes represivas (ley mordaza) impugnan el derecho a la libertad de expresión, ni está de facto ni puede estar de ninguna manera un Estado democrático digno de ser avalado por unos comicios electorales».

Quejas por el lenguaje

Aparte de estos motivos, denunciaba lenguaje sexista y «imperialismo lingüístico» por parte de los juzgados por haberle traducido el nombre, hacer la notificación exclusivamente en castellano y tratarla sin lenguaje inclusivo.

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