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Prisiones

Piden al TSJC un juzgado de Vigilancia Penitenciaria en Tarragona

La letrada que defiende parte de los internos de tres módulos de Mas Enric denuncia el retraso y el criterio unitario del actual, en Lérida

La població de reclusos de Mas Enric s'eleva a les 750 persones.

Piden al TSJC un juzgado de Vigilancia Penitenciaria en TarragonaACN

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El aumento del número de internos en la prisión de Mas Enric (el Catllar) después del cierre de la Modelo de Barcelona hace necesario que Tarragona cuente con un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que atienda la población de 750 reclusos que actualmente tiene el centro tarraconense. Esta es la petición que la abogada Laura Contijoch Hueso –quien defiende los derechos de la mayoría de presos de los módulos 4, 6 y 7 del Centro Penitenciario de Mas Enric- ha elevado a la sala de Gobernación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Según el escrito de queja presentado por la letrada, la actual dependencia de la población reclusa del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Cataluña, ubicado en Lérida, provoca importantes y graves demoras en la resolución de los expedientes y recursos de los internos que acuden al tribunal para que se garanticen sus derechos. Contijoch denuncia retrasos de más de tres meses en la tramitación de los expedientes referentes a recursos de quejas por denegación de permisos de salida, entre otros. Por otra parte, según la letrada, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3, en Lérida, «en la mayoría de casos no discrepa de los acuerdos del centro penitenciario» –es decir, se pronuncia en la línea de la Junta de Tratamiento de la prisión– lo cual hace que en la mayoría de estos casos también se hagid e recurrir a una instancia superior, al Audiencia provincial de Tarragona.

La letrada explica que las dilaciones se producen también a la hora de dictar las resoluciones de los internos que recurren su regresión hasta el primer grado de tratamiento por el cumplimiento de una sanción. «Se trata de los presos que, por haber tomado parte en un conflicto, son aislados para cumplir la sanción. Tienen la posibilidad de recurrir en un mes, pero la resolución del juez de vigilancia penitenciaria se acostumbra a resolver cuando faltan pocos días para que el interno llegue a la fase final del aislamiento. Cuándo se pretende recurrir en sede superior, el interno ya ha cumplido su sanción y devuelve al módulo ordinario», concreta Laura Contijoch.

Para denunciar la demora en la resolución de expedientes de peticiones de traslados para el cumplimiento de condenas a países de la Unión Europea y en los expedientes de libertad condicional adelantada, la letrada utiliza ejemplos concretos. La abogada defiende los intereses de un interno del módulo 7 que tiene que ser trasladado a Rumania por tener consolidado el arraigo en este país y por la existencia de una orden europea de entrega delante la Corte Penal de Rumania para un nuevo juicio. La reiterada suspensión del juicio pendiente va acompañada de una sanción económica que, en este caso –según explica la abogada– podría provocar acabar suponiendo una sanción de más de cien mil euros, si se sigue aplazando su traslado, como está sucediendo.

Sobre las peticiones de libertad condicional adelantada, Contijoch ejemplariza las dilaciones reiteradas a través del caso de un interno en el cual el juzgado de vigilancia penitenciaria ha sumado un total de seis meses reteniendo el expediente desde que la defensa del interno la solicitó hasta su entrada al Audiencia provincial de Tarragona.

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