Diari Més

El Tribunal Catalán ratifica Estefania Serrano como presidenta del CET

El ente tumba la impugnación de Dídac Nadal, con la que la concejala de la Pobla se confirma en el cargo

Imagen de archivo de la presidenta del Consejo Deportivo del Tarragonès Estefania Serrano.

El Tribunal Catalán ratifica Estefania Serrano como presidenta del CETGerard Martí

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El Tribunal Catalán del Deporte resolvió el pasado 14 de julio girar la detrás de las tres impugnaciones que tuvo el nombramiento de Estefania Serrano como presidenta del Consejo Deportivo del Tarragonès (CET).

En el escrito, en el cual ha tenido acceso DiariMés, el CET ha decidido desestimar la reclamación realizada por el concejal del PDECat en el Ayuntamiento de Tarragona Dídac Nadal, la cual estaba argumentada en cuatro puntos. La de Navidad fue la última impugnación a resolverse, después de las de la Federación Catalana de Fútbol y del Club Gimnàsticde Tarragona.

La otra de las dos candidaturas que se presentaba a la presidencia estaba encabezada porla también concejala tarraconense Cristina Guzmán. Esta, perdió por tan sólo un voto y, después de que se hicieran públicos los resultados, empezó esta batería de impugnaciones que han quedado en nada y que han dejado a la concejala del Ayuntamiento de la Pobla de Mafumet como máxima representante del CET durante los próximos cuatro años. De hecho, Serrano fue la presidenta del CET durante los últimos dos años y su idea es la de cumplir esta legislatura y no eternizarse en un cargo al cual llegó después de un pacífico y pactado relevo con Raül Font a mediados de pasada legislatura.

Cuatro ejes

La reclamación de Dídac Nadal se fundamentaba en cuatro puntos. En primer término, el concejal pidió la nulidad de los comicios por «la modificación posterior e indebida del censo electoral». Según el escrito de Navidad, la Junta Electoral modificó el censo electoral el día de las votaciones, en el sentido que se cambiaron las personas que pueden ejercer la representación de las entidades que tienen derecho al voto. Según denunciaba, estas modificaciones no se notificaron. Según el Tribunal Catalán, «se trata de un error formal, por lo cual no se puede calificar de un defecto grave que comporte la nulidad de las votaciones». Hay que recordar que en el CET tienen derecho al voto tanto representantes de clubs o federaciones, entre otros.

Desestimado el primer punto, el segundo hablaba de «existencia de delegaciones de voto admitidas». Dos personas diferentes votaron en nombre del Club Gimnástico. Como se trataba de una duplicidad, el voto quedó nulo. Como el Nàstic no impugnó ni la votación ni la decisión de la nulidad del voto, el Tribunal Catalán del Deporte también decidió tumbar este punto.

En tercer término, Dídac Nadal también impugnó «los acuerdos de la Junta como dispone la ley en el momento adecuado». El concejal del PDECat alegó que no se presentó la impugnación del proceso electoral hasta el día 5 de noviembre del 2019, cinco días después de las elecciones, aunque la respuesta es contundente: «Queda acreditado que sí que tenía conocimiento con anterioridad al día de las votaciones, ya que el censo y las delegaciones de representación se publicaron durante todo el proceso electoral», dice el Tribunal.

Finalmente, como cuarto y último punto, el TCE desestima la «impugnación de delegaciones», ya que responde de que «no se desprende ninguna prohibición o limitación normativa al respeto de representación, ni tampoco el requisito indispensable de la existencia de un vínculo orgánico para poder ser delegado en representación de un ente».

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