Diari Més

El Juez de Disciplina de LaLiga suspende provisionalmente todos los partidos del Reus

Javier Tebas considera que «el Reus no puede competir»

Imagen del partido del domingo en el Estadio contra el Albacete.

La plantilla corta puede afectar al CF Reus en su debut en la CopaCF Reus

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El Juez de Disciplina de LaLiga ha decidido suspender todos los partidos del CF Reus en una resolución este viernes, según ha adelantado Iusport. La decisión contradice la medida adoptada por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), donde no accedía a cancelar los dos próximos partidos del club rojinegro contra Las Palmas y el Albacete.

Según ha declarado el presidente de LaLiga, Javier Tebas, a Marca el partido no se jugará. «LaLigaha decidido suspender los derechos a uno de sus afiliados. El Reus no puede competir», ha declarado.

El Juez Disciplina de LaLiga asegura que como «el Reus concluyó la primera vuelta, la competición fue igual para todos los clubs inscritos, de manera que todos jugaron sus encuentros contra el Reus y, sea como sea el resultado del expediente, la pureza de la competición ha quedado más que asegurada».

Además, asegura que «de acordarse ahora la medida de suspensión del derecho del Reus a participar en la Liga 1/2/3 se produciría una –casual- situación de aparente simetría, igualdad y justicia, ya que de acabar el expediente sin sanción o con sanción diferente del descenso o expulsión de la competición, el Reus jugaría íntegramente la segunda vuelta, y de acabar con estas sanciones, no se jugaría la segunda vuelta, aplicándose a los otros participantes por igual el reglamento Federativo y las normas sobre atribución de puntos». Eso, «salvaguardaría al máximo la pureza de la competición, respecto de los otros participantes».

«La suspensión provisional de derechos afectaría sólo a un solo partido, por lo cual los perjuicios serían muy reducidos». El Juez añade que «las circunstancias concurrentes –ciertamente por el azar del calendario- hacen que uno de los valores que tiene que proteger LaLiga, como es la pureza de la competición, no se vea en absoluto afectados si se suspenden provisionalmente los derechos del Reus como asociado a LaLiga durante el brevísimo tiempo que afecta a la tramitación de este expediente, y que en el plano competitivo afectaría un solo encuentro (el primero de la segunda vuelta, habiéndose disputado todos los de la primera con absoluta normalidad y deportividad)».

La resolución acaba diciendo «... vistas las nuevas circunstancias concurrentes, y tan sólo –como es propio de toda medida provisional- hasta que se dicte resolución definitiva en este expediente,procede acceder a una de las medidas provisionales solicitadas por el Presidente de LaLiga, consistente en «suspender, adicionalmente a los ya suspendidos, hasta la resolución del presente expediente»,el derecho del Reus a participar en la competición profesional.Ello con base en los argumentos y consideraciones expuestos en los dos apartados, a) y b) del presente Fundamento de Derecho».

En la resolución el Juez dictamina:

Primero.- Suspender hasta la resolución del presente expediente el derecho del Reus de participar en la competición profesional.

Segundo.- Notificar la presente resolución en el Reus, advirtiéndole que contra esta ningún recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación, de conformidad con lo que se prevé en el artículo 90 de los Estatutos Sociales.

Tercero.- Notificar la presente resolución a la Real Federación Española de Fútbol, a la Asociación de Futbolistas Españoles, al Presidente de la UD Las Palmas, al Instructor del expediente y al Sr. Presidente de la Liga Nacional de Fútbol Profesional.

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