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Medio Ambiente

Una ordenanza regula el uso público del Valle del río Glorieta en Alcover

Impulsada por el Ayuntamiento, la norma pretende preservar un espacio natural expuesto a la masificación y el incivismo

La belleza de este lugar atrae a muchos visitantes.

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Una ordenanza regula el uso público del Valle del río Glorieta. Lo ha aprobado el Ayuntamiento de Alcover con el objetivo de preservar un espacio natural de gran valor que está expuesto a las consecuencias de la masificación y el incivismo. El consistorio ya incrementó, en mayo de 2020, las medidas de control para acceder a esta zona, ante las aglomeraciones que se producían. La ordenanza afecta al conjunto del Valle, desde su nacimiento, a las fuentes del Glorieta en el municipio de Mont-ral, hasta su desembocadura en el río Francolí, con una distancia aproximada de 12 kilómetros y cerca de 400 hectáreas.

Fuentes municipales destacan que la belleza de este lugar atrae a muchos visitantes, de forma que, en determinados momentos, el grado de masificación es bastante alto y pasa a ser un grave problema, tanto de impacto sobre el medio natural, como para la misma seguridad de las personas, ya que es una zona con alto riesgo de incendio forestal.

A raíz de la creación de la comisión del valle integrado por todos los partidos políticos representados en el plenario municipal, el pasado verano el Ayuntamiento realizó una serie de acciones puntuales para incrementar las restricciones de acceso a vehículos y personas a pie y el cierre de la zona de estacionamiento del Mas de Forès, entre las más destacadas.

Teniendo en cuenta la efectividad de las medidas aplicadas e incidiendo en la necesidad de seguir apostando por la preservación de este paraje natural, el consistorio ha aprobado, en el último pleno del pasado viernes día 22 de enero de 2021, y por unanimidad, esta nueva ordenanza que regula el uso público del Valle del río Glorieta y que ocurre un paso más en la necesidad de preservar este espacio natural de gran valor que está expuesto a las consecuencias derivadas de la masificación y el incivismo de aquellos que no lo respetan.

El contenido de la ordenanza

La ordenanza detalla una serie de derechos y deberes que los visitantes tienen que cumplir atendiendo a la senyalística, así como las advertencias que puedan recibir por parte de los agentes del cuerpo de vigilancia municipal o de otros cuerpos de seguridad autorizados.

Entre otros destacan adoptar una actitud respetuosa con el entorno -no tirar basura, no hacer fuego...-, se permite el acceso de peatones por los caminos o senderos existentes y se prohíbe la circulación de autobuses y vehículos de alto tonelaje, también se prohibirá el acceso con vehículos motorizados a la carretera del Remeilos días de alta masificación o riesgo elevado de incendio. Queda prohibido el estacionamiento en todo el camino y sólo se puede aparcar en las áreas habilitadas.

Los animales domésticos se tienen que llevar siempre atados. Queda prohibida la acampada y la práctica deportiva de descenso de barrancos y desfiladeros. Por motivos de protección, también se podrá restringir el baño en determinados tramos. El incumplimiento de alguno de los puntos de esta ordenanza comportará sanciones que pueden oscilar de los 750 a los 3.000 euros.

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