Diari Més

Judicial

Hasta 57,5 años de prisión para los acusados de la red de pornografía infantil de Tortosa

Tendrán que indemnizar con 279.000 euros a una treintena de víctimas, mientras tres de los responsables continúan huidos

Imagen del juicio en los miembros de la red de abuso de menores y pornografía infantil destapada en Tortosa

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La Audiencia de Tarragona ha condenado apenas de entre 7,5 años y 57,5 años de prisión a los cuatro individuos juzgados en noviembre acusados de pertenecer a una red de abuso de menores y pornografía infantil destapada en el 2015 en Tortosa. Los tres principales responsables de la trama continúan huidos. En la sentencia en que ha tenido acceso el ACN, el tribunal condena a los procesados por un delito continuado de captación y utilización de menores para la elaboración y distribución de pornografía; para unade distribución de material pornográfico elaborado con menores de edad; y por seis delitos de abuso sexual a menores. Tres de ellos están acusados también de pertenencia a grupo criminal. Tendrán que indemnizar con 279.000 euros a una treintena de víctimas.
En las 426 páginas de la sentencia el tribunal repasa de forma minuciosa el recorrido criminal de la mayor red de pornografía infantil detectada en el Estado, a la cual intervinieron más de un millón de archivos de contenido pornográfico. La resolución se ve acondicionada, sin embargo, por el hecho que el presunto cerebro de la trama, Jean Luc Aschbacher, y sus principales colaboradores, Christian Arson y Youness en Naciri, huyeron -los dos primeros después de la primera semana de juicio en Tarragona- y continúan en busca y captura.

En los tres los detuvieron en el 2015 cuando se descubrió que captaban menores para producir material pornográfico en un piso de Tortosa a cambio de pequeñas cantidades de dinero. El tribunal, sin embargo, sólo ha podido condenar a cuatro colaboradores suyos, a los cuales descubrieron y detuvieron un año más tarde, el verano del 2016, a raíz del análisis del numeroso material intervenido a Tortosa. Se trata de José Cardona y Martín Rafael Chanzá, arrestados en Valencia; Fernando Aguilera, un exertzaina detenido en Vizcaya; y Miguel Avilés, arrestado en Cubelles (Garraf). Todos ellos, con antecedentes.

Viajes a Rumania o a Marruecos

Según relata la sentencia, entre el 2008 y en julio del 2016, Cardona, Aguilera y Chanzá contactaron con jóvenes de edad comprendidas entre los 11 y los 17 años, la mayoría de familias humildes o desestructuradas. Los convencían, ofreciéndoles dinero o regalos, para que participaran en reportajes fotográficos y audiovisuales donde les hacían posar desnudos, mostrar los genitales o masturbarse delante de la cámara. En ocasiones, señala el tribunal, contaron con la participación de los tres acusados huidos. Posteriormente, los compartían entre ellos y con terceros, los almacenaban en varios dispositivos.

A raíz del material intervenido se ha concluido que el 2008 Cardona y Chanzá tomaron imágenes de menores de la zona del Cabanyal de Valencia, algunos de ellos de sólo seis y siete años, a cambio de entre 20 y 30 euros. En noviembre del 2009, Aguilera y Cardona viajaron a Rumania, donde al menos cogieron imágenes a media docena de chicos de 16 años. Aguilera y Cardona también viajaron a Marruecos el 2010 y 2011, donde hicieron imágenes de niños y adolescentes de zonas rurales -algunos de ocho años- a cambio de dinero.

Según el tribunal, Cardona y Aguilera compartían con los jefes de la trama archivos de pornografía infantil elaborados por ellos, o directamente elaboraban y producían conjuntamente con ellos material pedófilo, motivo por el cual hacían viajes «más o menos exóticos». Con respecto a Chanzá, se lo sitúa en un segundo plano. Se ha concluido que también captaba menores en una barbería que había habilitado en un inmueble y que allí captaba y producía imágenes de algunas víctimas.

Unos «depredadores» de menores

En la sentencia, el tribunal afirma que los acusados estuvieron actuando como «auténticos depredadores, en una busca sistemática e insaciable de menores con los cuales satisfacer su deseo sexual».La sala constata que los acusados, sabedores de la vulnerabilidad de las víctimas, «salían a la caza» de estos jóvenes, a los cuales humillaban. La elección de estos perfiles, aseguran los magistrados, no es casual porque «aseguraba su impunidad sabiendo de los escasos o nulos recursos que tenían». Muchas de las víctimas de Marruecos, añaden, no superaban los diez años, vivían en zonas rurales y se vieron abordados por sorpresa. En algunas imágenes, dice el tribunal, a los acusados se los ve «poner felices con su pieza de caza».

Supuestos delitos de indemnidad sexual

Por su parte, la sentencia considera probado que el cuarto condenado, Miguel Avilés, hacía vídeos caseros en cámara oculta y los compartía con el cerebro del grupo, establecido en Tortosa. Le encontraron imágenes de menores grabados mientras se duchaban en una instalación deportiva que no se ha podido identificar y, del año 2009, imágenes de una treintena de adolescentes a las cuales había convencido para que se desnudaran y masturbaran delante de la webcam.

Además, Avilés había acudido en algunas ocasiones al piso de Tortosa. Según declaró uno de los menores al juicio, para mantener relaciones sexuales con él. Como estos hechos serían constitutivos de supuestos delitos contra la indemnidad sexual y no constaban en la acusación, la Audiencia ha deducido testigo|testimonio en la Fiscalía de Tortosa para que, si lo considera oportuno, les denuncie.

El centro de operaciones de Tortosa

Lo que está considerado el cerebro de la trama, Jean Luc Aschbacher, había actuado durante la década del 2000 en un piso de la calle Tapioles de Barcelona, de donde se encontraron imágenes relativas a una decena de menores. El hombre se trasladó a Tortosa en el 2011 después de que lo condenaran por un delito de distribución de pornografía. Allí, «de manera sistemática», contactó con chicos de entre 11 y 16 años, en la mayoría de raza árabe y de familias humildes.

Después de ganarse la confianza de los víctimas conseguía que acudieran al domicilio, dónde los suministraba merienda, cigarrillos, porros y los dejaba jugar a videojuegos, según relataron los menores durante la vista a puerta cerrada. Posteriormente, les hacía pasar en un dormitorio donde los sometía a diferentes actos sexuales como felaciones y masturbaciones, o relaciones sexuales completas. Uno de los jóvenes explicó que iba al domicilio después del instituto y que allí le pagaban 40 o 50 euros pormantener relaciones. Hay que apuntaron que desconocían que los grababan.

La clave para destapar el caso fue la denuncia de la madre de una de las víctimas y las educadoras de un CRAE de Tortosa, que detectaron que varios chicos del centro se zafaban y volvían con dinero y tabaco en los bolsillos. Un vecino de la vivienda, testimonio protegido, también manifestó una «presencia continuada de menores que entraban y salían». A raíz de eso, con la operación 'Trinity' los Mossos estiraron del hilo, identificaron a una cincuentena de víctimas y ligaron las conexiones con el resto del Estado -donde contaron con la colaboración de la Guardia Civil.

Jean Luc había instaurado un sistema profesionalizado de elaboración y distribución de imágenes, del cual había hecho su 'modus vivendi'. Contaba con la estrecha colaboración de Youness en Naciri, a quien también había captado y registrado cuando era menor, y de Christian Arson, residente en Francia. A raíz de la progresiva implantación de internet, Jean Luc fue sustituyendo el canal de distribución postal de películas por una producción enfocada a las redes. Su productora, Aschcom SL, creada en el 2002, tenía un catálogo aparentemente legal y otro de oculto producido con menores. Para la distribución el material confeccionó un sistema basado en dominios web de pago o gratuitas.

Víctimas muy vulnerables

La mayoría de chicos, según corroboraron el peritos, tenían un perfil muy vulnerable, todos con graves problemas familiares y grandes carencias afectivas. Según relata la sentencia, muchos de ellos sintieron sentimientos de rabia, culpa o vergüenza. En algunos casos minimizaban las conductas, dado que las enmarcaban en un contexto de sexo a cambio de dinero, mientras otros habían cogido uno actitud de negación.

Algunos precisaron y recibieron tratamiento psicológico, mientras que otros, a pesar de necesitarlo, no recibieron. En este sentido, el tribunal riñe a las administraciones competentes y dice que ha echado de menos una actuación más coordinada y proactiva a la hora de velar y controlar la evolución psicológica y emocional de los chicos.

La Audiencia no ve organización criminal

En la sentencia, el tribunal considera que no ha quedado lo bastante acreditada la acusación de organización criminal pretendida por la fiscalía y la acusación particular ejercida por la Generalitat. Los condenados, apunta la sala, si colaboraron lo hizo de manera intermitente, cada uno en su propio y exclusivo interés. Así, admite que «el auténtico gurú» era Jean Luc y que, si bien Cardona y Aguilera hicieron colaboraciones puntuales con él, «no existió una estructura compleja con un reparto específico de roles».

Además, la sala destaca que, cuando en mayo del 2015 detuvieron el cerebro de la trama -cuandose iba de viaje a Málaga, presuntamente a contactar con más víctimas-, los condenados siguieron elaborando su propio material, ajenos a lo que había pasado en Tortosa. Por eso, considera que hay que encajar los hechos en un delito autónomo de pertenencia a grupo criminal.

Por otra parte, hay que recordar que la fiscalía pedía más de 6.300 años de prisión para los siete procesados porque apreciaba un concurso real de delitos. En total, 103 –tantos como víctimas identificadas en todas las ramas del caso. La sala, sin embargo, considera que la solución más óptima es calificar las conductas de Aguilera, Cardona y Chanzá como un delito continuado de corrupción de menores. «El concurso real de delitos perjudicaría mucho al acusado ya que exasperaría en un grado elevado a la pena», apuntan.

A pesar de todo, el tribunal señala que muchas conductas declaradas probadas en el juicio son verdaderamente actos de inducción a la prostitución, pero que este no fue el objeto de acusación. Si lo hubiera estado, apuntan a los jueces, sí que habrían entendido que existirían «tantos delitos de inducción a la prostitución como menores utilizados para tal fin».

Las penas de prisión

La Audiencia ha condenado a José Cardona a 57,5 años de prisión; Fernando Aguilera a 22 años de prisión; Martin Rafael Chanzá a 9 años de prisión, y Miguel Avilés a 7,5 años de prisión. Además, a todos ellos les han impuesto medidas de prohibición de comunicación con las víctimas, la inhabilitación especial por profesión u oficio que comporte contacto regular con menores, y la prohibición de acudir a lugaresfrecuentados por menores –como centros de enseñanza, ludotecas, guarderías, centros de acogida y protección de menores. La Audiencia señala, sin embargo, que el cumplimientomáximo se tendrá que situar en el límite legal de 20 años.

A a José Cardona lo han condenado por pertenencia a grupo criminal a 4 años de prisión; por un delito continuado de captación y utilización de menores de edad para la elaboración de material pornográfico y posterior distribución a 9 años de prisión, y porel delito de distribución de material pornográfico en la elaboración del cual participan menores de edad en 7 años de prisión. Además, lo han condenado a un total de 37,5 años de prisión y 60 años de libertad vigilada por seis delitos de abuso sexual.

A a Fernando Aguilera lo han condenado por pertenencia a grupo criminal a 4 años de prisión; porun delito continuado de captación y utilización de menores de edad para la elaboración de material pornográfico y posterior distribución a 9 años de prisión, y por|para el delito de distribución de material pornográfico en la elaboración del cual participan menores de edad en 9 años de prisión.

A a Martín Rafael Chanzá lo han condenado por pertenencia a grupo criminal a 2 años de prisión, y porun delito continuado de captación y utilización de menores de edad para la elaboración de material pornográfico y posterior distribución a 7 años de prisión.

A a Miguel Avilés lo han condenado a 7,5 años de prisión por un delito continuado de utilización de menores de edad para la elaboración de material pornográfico y posterior distribución. Por el contrario, el tribunal lo ha absuelto del delito de pertenencia a organización criminal, tal como sostenía su abogado, a Gerard Amigó.

Como responsables civiles, los acusados indemnizarán a partes iguales y solidariamente entre ellos un total de 22 mayores de edad y cuatro menores de edad con 249.000 euros –con cantidades que van de los 2.000 a los 25.000 euros para cada víctima. Además, Cardona tendrá que indemnizar con 6.000 euros a cinco víctimas de abuso sexual.

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