La sentencia, emitida en fecha del 2 de enero y en que no se ha presentado recurso, resuelve ahora la primera de las demandas que la entidad ha interpuesto.
Al escrito del tribunal se considera «evidente» que la cesión de la gestión de emisoras públicas en manos privadas es «contraria» al ordenamiento jurídico, porque la gestión directa propugnada por la norma no se respeta «en absoluto».
La ACR señala que hay ejemplos de este tipo de gestión en los municipios de Girona, Sant Pol de Mar o Tremp, y que ante esta situación, y en defensa de los intereses de sus asociados, ha impugnado las adjudicaciones. La ACR considera que esta doctrina «tiene que ser aplicada» por los ayuntamientos y «controlada por las administraciones competentes», en especial por el Consejo Audiovisual de Catalunya.