Una ambulancia trasladando a un paciente.
ACNActualizada 14/05/2022 a las 10:10
Los sindicatos ha firmado el nuevo convenio del sector del transporte sanitario de Cataluña, que prevé equiparar progresivamente las condiciones laborales de los trabajadores en las del personal del SEM. «El acuerdo de convenio es un pequeño paso para la equiparación y un gran paso para el sector del transporte sanitario de Cataluña», han señalado CCOO, UGT, USOC y SINDI.CAT. El 9 de octubre del 2020 se convocó una huelga indefinida al sector para reclamar esta equiparación salarial, que se desconvocó unos cinco meses después -el 19 de marzo del 2021- después de conseguir un «pacto histórico» con los grupos parlamentarios. El nuevo convenio elimina la «brecha salarial», reduce la jornada anual en unas 48 horas y establece un complemento especial de dedicación.
Según detallan los cuatro sindicatos firmantes, los trabajadores del sector del transporte sanitario empezarán a cobrar ya desde el 1 de junio del 2022 la diferencia retributiva con sus respectivas categorías TTS y con derecho a retrasos desde el 1 de enero del 2022. También se establece un acuerdo de reducción de la jornada anual de 48 horas pasando a 1.752 horas anuales, camino hacia la equiparación de la media de las 1.624 horas anuales de la empresa pública SEM. Estas horas corresponderá a los comités de empresa negociar su reducción para este año, pero en el caso de no conseguir un acuerdo la empresa podrá abonarlas a precio de hora ordinaria.
El nuevo convenio estipula igualmente un nuevo concepto salarial denominado «complemento de especial dedicación» -de una cuantía aproximada de 200 euros por año- que tiene como objetivo compensar el variable en vacaciones, y garantiza que los trabajadores del sector del transporte sanitario no podrán ver en ningún supuesto reducido su salario. En paralelo, el trabajador TES en prácticas cobrará el 65% de la retribución de cualquiera de las tres categorías profesionales por la que haya sido contratado y, en caso de que la cantidad resultante por algunas categorías sea inferior al SMI, se garantiza el cobro del SMI vigente. Finalmente, el flamante convenio garantiza que las empresas se obligan a establecer y asumir el lavado universal de la ropa de trabajo.
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