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La Audiencia Nacional procesa por terrorismo a los 13 CDR de la Operación Judas

García Castellón dice que formaban parte de una célula «clandestina» y «radicalizada» que quería asaltar el Parlamento

Actualizada 14/09/2021 a las 16:24

El magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha procesado por pertenencia a organización terrorista a los 13 presuntos miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) vinculados con la denominada 'Operación Judas', practicada en septiembre de. 2019, y en nueve de ellos, en más, por tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista. En su acto de procesamiento, el magistrado considera que este grupo formaba dentro de los CDR el llamado Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una célula integrada por los investigados formada por grupo reducido de individuos de diferentes CDR, que «evidencian una gran radicalidad» y pretendía asaltar el Parlamento.
 
La creación de esta célula viene motivada, prosigue el juez, por la necesidad de contar dentro de la estructura de los CDR con un grupo clandestino de individuos de la máxima confianza y que se muestran totalmente librados a «la causa», habiéndole sido encargadas la realización de las acciones más sensibles.


Los investigados, todos ellos, dice el instructor, comparten principios ideológicos favorables a la independencia de Cataluña y el activismo radical para conseguirla; su objetivo final como organización, era conseguir la independencia de Cataluña, utilizando para eso la violencia en su máxima expresión, forzando con eso, de manera coercitiva, a las instituciones a conceder por la vía de los hechos la separación de Cataluña del resto de España.

Planes para la ocupación de Parlament de Catalunya
Según el auto de procesamiento, de 45 páginas, los miembros del ERT tuvieron una participación activa en la materialización de algunas de las acciones más contundentes que llevaron a cabo los CDR, como cortes de carretera, vertido de aceite en la calzada de la C-55 en un lugar de paso obligatorio de la comitiva que trasladaba a los políticos presos desde la prisión de Lledoners a Madrid, levantamiento de las barreras de los peajes, entre otros. Los investigados, como miembros del ERT, continúa el escrito, participaron en la creación y desarrollo de los CECOR (centro de coordinación) para las acciones de los CDR, asumiendo el encargo recibido de uno denominado 'CNI catalán' para que aportaran la infraestructura logística necesaria con el objetivo de emprender una acción en la cual se pretendía ocupar el Parlament de Catalunya y defenderlo posteriormente.

Todo eso, teniendo en cuenta la capacidad técnica y humana del mencionado grupo, por|para el hecho de que para realizar los actos, serían necesarios importantes conocimientos en redes ilícitas y clandestinas securitzades de telecomunicaciones, así como una importante capacidad de movilización. Como detalles acreditados del mencionado plan|plano, explica la resolución, la ocupación se realizaría por la puerta principal del Parlamento ya que, supuestamente, se les facilitaría el acceso desde el interior. Al lado de un reducido grupo de personas, cooperarían con el grupo denominado 'CNI', y se encargarían del alquiler de inmuebles y locales que les proporcionaran seguridad y el establecimiento de bases de «intendencia», para permanecer en el interior del edificio al menos una semana, montando antenas de larga distancia para mantener las comunicaciones, todo eso con un presupuesto estimado en 6.000 euros.

Para eso, serían esenciales los servicios del investigado Ferran J., por sus amplios conocimientos en el apartado informático y de telecomunicaciones, a los efectos de confeccionar una red securitzada e indetectable que permitiera las comunicaciones entre el interior y exterior del Parlamento. De esta manera, los investigados, aprovechándose de los contactos propiciados en el seno de la militancia en los CDR, «se constituyeron en una célula que elevaba la intensidad y la naturaleza de las acciones llevadas a cabo, a un nivel superior», asegura el juez.

Los investigados constituyeron una organización terrorista
El magistrado señala que los investigados, como miembros del YERTO, «habrían superado la actividad dentro del respectivo CDR y conformado una organización terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, el objetivo de la cual sería llevar a cabo acciones violentas o atentados contra objetivos previamente seleccionados utilizando para eso los explosivos y sustancias incendiarias fabricadas en los dos laboratorios clandestinos que la misma organización tenía instalados en dos domicilios particulares».

La organización, en el momento de su desarticulación, ya había llevado a cabo informaciones precisas de sus posibles objetivos. En concreto, el juez apunta que Jordi R. y otros miembros de la organización habrían desarrollado actos preparatorios, consistentes en una tarea de reconocimiento de objetivos, vigilancia y control de instalaciones policiales, toma de fotografías y vídeos de los objetivos predeterminados. En las fotografías de los objetivos seleccionados, indica, se recogen determinados aspectos de las instalaciones, como accesos, cámaras de vigilancia, localización de torres eléctricas (entre otros), agentes policiales y placas de matrículas de vehículos policiales.

El auto relaciona los objetivos de los que se han obtenido evidencias en diferentes soportes de imagen sobre los cuales el grupo pretendía perpetrar algún tipo de acción o atentado, entre ellos, la Comandancia Naval de Barcelona, el Gobierno Militar de Barcelona, la Delegación del gobierno español en Barcelona, la Fiscalía Superior de Cataluña, la Comandancia de la Guardia Civil de la provincia de Barcelona, miembros, vehículos e instalaciones de las fuerzas y cuerpos de seguridad, torres de alta tensión, instalaciones en autopistas, peajes o el Parlament de Catalunya.

El juez destaca el reconocimiento del perímetro del cuartel de la Comandancia de la Guardia Civil de Barcelona, situada en Sant Andreu de la Barca (Baix Llobregat), que Jordi R. habría llevado a cabo el día 18 de mayo del 2019 en compañía de su pareja sentimental Montserrat C.. Además de los anteriores objetivos, sostiene la resolución, Jordi R. habría realizado diferentes investigaciones en internet a través de sus dispositivos de datos relativos a personas vinculadas a partidos políticos contrarios a la independencia y de un mosso d'Esquadra.

El juez procesa por pertenencia a organización terrorista y también por delito de tenencia, depósito, como también fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables o de sus componentes, de carácter terrorista, a Eduardo G.B., Esther G.C., Sonia P.G., Queralt C.R., Germinal T.A., Alexis C.B., Jordi R.S., Guillem Xavier D.P. y Rafael Joaquín D.L., que pueden suponer, penas de 6 a 27 años de prisión. Por pertenencia a organización terrorista procesa a Ferran J.G., Xavier B.L., David B.A. y Clara B.M., delito que puede suponer penas de 6 a 12 años de prisión.

El magistrado les ha impuesto una fianza de 1.000 euros a cada uno, que tendrán que pagar en 24 horas desde la notificación del procesamiento. Además, los citará para una declaración indagatoria final. El auto se puede recurrir.
 
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