Diari Més

La JEC autoriza que se puedan cubrir las vacantes a mesas con los suplentes de otras

Los colegios electorales podrán poner las mesas en espacios exteriores, pero no en la calle

El presidente de una mesa electoral de Sant Julià de Ramis, con el EPI durante el simulacro.

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La Junta Electoral Central (JEC) ha hecho pública una resolución donde autoriza que se pueda cubrir las vacantes de las mesas electorales del 14-F con suplentes de otras mesas o colegios próximos. En cambio, la JEC no autoriza que se utilice una bolsa de voluntarios para completar las posibles ausencias, una opción que ya había sido descartada por el Gobierno. En otra resolución, la JEC también avala que se puedan instalar mesas electorales en espacios al aire libre dentro del centro de votación, como por ejemplo en el patio de una escuela, pero no en la calle.

La JEC avala la movilidad de los suplentes en respuesta a una petición de la Junta Provincial de Tarragona donde aprovecha para unificar los criterios y establecer el sistema que se tiene que seguir. En caso de que alguno de los miembros titulares de la mesa electoral no asista tienen que ser sustituidos en primer término por los suplentes o por los vocales.

En caso de que eso no sea posible, la Junta Electoral de Zona designará libremente a las personas que tienen que constituir la mesa electoral», y «incluso pueden ordenar que formen parte alguno de los electores que se encuentre presente en el local».

En todo caso a la hora de designar electores «tendrán que valorar las excusas que en este momento pueda presentar el elector, y en particular se tendrá en cuenta la edad y otras circunstancias que supongan un riesgo para su salud».

En este punto, la JEC recuerda que «entre las opciones» de qué disponen las Juntas Electorales de Zona para cubrir las vacantes «se tiene que entender como incluida la de designar a suplentes de otras mesas electorales que se hayan podido constituir en el mismo colegio electoral o en un colegio electoral próximo».

En todo caso recuerda que para poder hacer efectiva esta opción las Juntas Electorales de Zona «tendrán que comunicar con antelación a los suplentes de cualquier mesa electoral que tienen que permanecer en el recinto del colegio electoral hasta que les sea indicado».

En cambio, la JEC deja claro que «hay que considerar excluida la posibilidad de solicitar voluntarios para completar las ausencias que se puedan producir».

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