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Aprobado el decreto que reduce al 50% el alquiler de los negocios cerrados por la pandemia

La normativa también prevé rebajas para los sectores con restricciones y pretende evitar la judicialización

Imagen de archivo de un bar cerrado.

Fecasarm cifra en 315 MEUR las pérdidas en el primer fin de semana sin baresACN

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El Gobierno ha aprobado este martes el decreto que reduce al 50% el alquiler de los negocios cerrados durante el periodo de suspensión de la actividad en caso de que no haya acuerdo entre propietario y arrendatario, como había adelantado ACN. La norma pretende evitar el cierre de empresas y la destrucción de puestos de trabajo y potenciar la negociación entre las partes para no judicializar la cuestión. Los inquilinos de bares, restaurantes, centros de estética o bingos podrán renegociar con los propietarios para establecer, de mutuo acuerdo, una rebaja de las mensualidades o acogerse, en el plazo de un mes, a la rebaja del 50% si no hay pacto. En el caso de los negocios con restricciones parciales, si hay falta de acuerdo la rebaja será del 50% de la parte restringida.

Eso quiere decir que, en caso de un negocio que tiene que reducir a la mitad el aforo, el arrendatario tendrá que pagar todo el alquiler de la parte que puede utilizar y la mitad de la parte restringida. Es decir, que el propietario acabará ingresando el 75% del precio del alquiler habitual. La medida se podrá aplicar en sectores con aforo u horarios parcialmente restringidos como teatros, comercios, tiendas de 24 horas y hoteles.

El decreto prevé que, en el caso de la restauración, el hecho de ofrecer servicio a domicilio o recogida no se tenga en cuenta para acceder a la rebaja del alquiler. A efectos prácticos, por lo tanto, la administración considerará que el negocio está cerrado y que puede acogerse, también, a la rebaja del 50%.

El decreto ley favorece el acuerdo entre inquilino y propietario y, al mismo tiempo, impide que la negociación dilate la rebaja de las cuotas, ya que se establece el plazo de un mes para la aplicación automática de la disminución del precio. El Gobierno considera que eso evita una «judicialización masiva de la rebaja de los alquileres»que congestionaría los tribunales y, además, no serviría para ayudar a los negocios a tiempo.

Rebus sic stantibus

La regulación se basa en la cláusula rebus sic stantibus, que prevé que si un hecho extraordinario, imprevisible y sobrevenido altera el equilibrio de un contrato se puede apelar a la modificación de los términos del acuerdo.

El Gobierno basa el decreto en su competencia exclusiva en derecho civil, ya que en Cataluña sólo se aplica el derecho civil español subsidiariamente, es decir, en aquellos supuestos que no están previstos por el código catalán ni ninguna ley aprobada por el Parlament.

Todas las leyes del ámbito del derecho civil se aprueban a partir de las propuestas hechas por la Comisión de Codificación, que está formada por expertos juristas, como académicos, notarios, registradores y abogados de reconocido prestigio. La presidenta de este órgano colegiado y paritario es la consellera de Justícia Ester Capilla y el vicepresidente Pere Aragonès es el director general de Derecho y de Entidades Jurídicas.

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