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Entran en vigor las multas por incumplimiento reiterado del aislamiento domiciliario

Las personas que no lleven mascarillas o hagan un uso inadecuado pueden ser multadas con 100 euros

Un cambrer servint a la terrassa d'un bar a la la Rambla de Catalunya en el primer dia de fase 1 a Barcelona.

Barcelona, fase 1, coronavirusACN

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Entran en vigor las sanciones establecidas por el Govern ante el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la covid-19, después de publicarse en el DiariOficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC). Se considera infracción muy grave con multas de entre 60.001 y 600.000 euros la celebración de actos o actividades que hayan estado expresamente prohibidas o suspendidas por las autoridades por el riesgo que suponen para la salud de la población en relación con la covid-19. Con la misma sanción se castigará el incumplimiento de las medidas de higiene o del aforo cuando se produzca un riesgo muy grave por la salud.
También se penaliza con la multa más elevada, el incumplimiento reiterado del aislamiento domiciliario por los positivos de covid-19 o de los contactos estrechos de un caso confirmado; y no comunicar a la autoridad competente casos de sospecha o diagnóstico de enfermedad.

Por otra parte, se consideran infracciones graves, con multas de 3.001 a 60.000 euros el incumplimiento de los límites de aforos de seguridad o de los horarios de apertura y cierre.

Con respecto al incumplimiento de la obligación del uso de la mascarilla o su uso inadecuado, se considera una infracción leve, sancionable con 100 euros. Esta categoría de infracciones leves se castigan con sanciones de hasta 3.000 euros.

Serán los ayuntamientos de Cataluña y la Administración de la Generalitat de Catalunya, en el ámbito de sus competencias, los que ejercerán las funciones de vigilancia, inspección y control de lo que prevé este Decreto ley.

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