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El juez instructor rechaza su recusación como planteaba Torra

El magistrado propone lo mismo con las de Barrientos y Armas

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, durante la declaración institucional con motivo de Sant Jordi.

La JEC abre dos nuevos expedientes a TorraACN

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El juez instructor Carlos Ramos ha decidido no admitir a trámite la recusación formulada contra él por la defensa del presidente de la Generalitat, Quim Torra, y también ha propuesto rechazar las recusaciones de los magistrados Jesús María Barrientos y Mercedes Armas. Ramos ha remitido la pieza separada que ha instruido en la sala competente para que resuelva finalmente las recusaciones de Barrientos y Armas. A su parecer, las tres recusaciones planteadas son un «manifiesto abuso de derecho y un evidente fraude de ley» con el objetivo de retrasar la tramitación de la causa contra Torra por desobediencia a las resoluciones de la Junta Electoral Central (JEC) sobre los lazos amarillos.

La defensa de Torra planteó la recusación del juez instructor que tenía que estudiar las recusaciones deBarrientosyArmas. Se trata de Carlos Ramos, que instruyó justamente la causa sobre desobediencia y ya descartó recusarse entonces, tal como pretendía el presidente de la Generalitat. La petición de Torra citaba extractos de resoluciones del magistrado y argumenta que el hecho que utilizara ciertas expresiones genera «serias dudas» sobre su imparcialidad.

Ramos apunta ahora que la elección de estos fragmentos es «tendenciosa ydescontextualitzada», pero en todo caso apunta que los argumentos que aportó entonces simplemente buscaban justificar que la defensa de Torra cometía un «abuso de derecho y un fraude de ley para retrasar la tramitación de la causa y, indirectamente tratar de apartar un magistrado que no había resuelto a gusto del recusando».

En este sentido, añade que «cualquier lector imparcial» puede concluir que la resolución que provocó la primera resolución no contiene ninguna medida cautelar ni supuso ningún «juicio anticipado». «El recusando reincide ahora en su afán para atribuir propósitos e intenciones espurias a este instructor por no haber redactado a su gusto la resolución que posó de manifiesto la existencia de serios indicios de la comisión de un delito», indica. Ramos niega que en este caso concurra el supuesto de enemistad manifiesta hacia Torra, puesto que no hay ninguna relación personal entre ellos, quedando siempre excluidas las diferencias ideológicas.

En cuanto a la «estrecha vinculación» entre Ramos y el PSC que la defensa de Torra alude en su petición por el hecho de haber sido nombrado a petición de este partido, Ramos defensa que fue designado de acuerdo con la ley y constata que el escrito no aporta ningún dato que pueda sustentar esta vinculación. De hecho, recuerda que esta supuesta relación no fue obstáculo para decidir en otras ocasiones en contra de los intereses del PSC.

Una vez resuelta su propia recusación, también se posiciona sobre las deBarrientosyArmas, proponiendo que no se admitan. En primer lugar, se refiere a la participación de los dos magistrados en la admisión a trámite de la querella que dio origen a la causa contra Torra. El juez sostiene que se han respetado las reglas de reparto de jueces, pero además defiende que haber entrado a valorar la admisión a trámite no quiere decir en ningún caso nada más que incoar la causa. «No valoran ni ponderan los elementos de prueba aportados por el fiscal, sino solo si la querella cumplía los requisitos formales para su admisión a trámite», dice Ramos, que añade que tampoco «resuelven la causa en una instancia anterior a la del juicio oral». De hecho, recuerda que la defensa de Torra no impugnó aquella admisión a trámite.

En cuanto a las declaraciones que ha hechoBarrientossobre los lazos amarillos y otras cuestiones políticas relacionadas con el independentismo, el juez cree que el hecho que el magistrado se haya mostrado preocupado por el proceso o que lamentara la fuga de jueces de Cataluña «no importa a los efectos de la recusación», ni tampoco que opinara que un artículo del presidente encaja en el delito de odio. Ahora bien, examina las declaraciones que ha hecho contrarias a la exhibición de lazos amarillos en edificios pública y concluye que fueron efectuadas de manera pública y notoria y antes de dictar la resolución que admitía a trámite la querella, sin que Torra lo recusara entonces.

Como ya apunta respecto a él mismo, tampoco ve ninguna enemistad manifiesta porqueBarrientosy Torra no tienen ninguna relación personal. «Esta alegación constituye una impostura interesada e instrumentalizada para retrasar el procedimiento y vetar los jueces naturales del mismo», considera Ramos.

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