Diari Més

El Tribunal Supremo rechaza dejar en libertad a los presos antes de dictar la sentencia

Los magistrados no ven «razones sobrevenidas» y argumentan que hay que asegurar que el proceso judicial culmine

Josep Rull, Jordi Turull y Jordi Sànchez, durante la primera jornada del juicio del 1-O el 12 de febrero del 2019

La fiscalía sobre los presos: no han mostrado arrepentimiento y tienen que continuar en la prisiónACN

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El Tribunal Supremo ha rechazado dejar en libertad a los presos antes de que se dicte sentencia. Al acabar el juicio, todos ellos -a excepción de Oriol Junqueras y Raül Romeva- solicitaron que los dejaran libres hasta conocer la decisión del tribunal. El Supremo, sin embargo, cree que no hay «razones sobrevenidas» para levantar la medida cautelar y argumenta, además, «la necesidad de salvaguardar» que todo el proceso culmine una vez el juicio ha quedado visto para sentencia. Sobre el dictamen del grupo de trabajo de la ONU sobre detenciones arbitrarias que pedía la liberación de Sànchez, Cuixart y Junqueras, dice que «no es vinculante» a pesar de reconocer «la influencia» de estos organismos. Y se apoya en argumentos de la fiscalía y la abogacía del Estado para sostenerlo. «No faltan al dictamen afirmaciones extravagantes, faltas de toda lógica y de imposible encaje en nuestro sistema procesal», escriben sobre el grupo de trabajo.

Los magistrados consideran que el informe de la ONU no se refiere a los presupuestos que hacen imprescindible la medida cautelar de prisión, sino que hace una valoración de los elementos de tipo penal objeto de acusación «a espaldas» de la actividad probatoria que se ha desarrollado durante los cuatro meses de juicio en el Supremo. Además, remarcan, en contra del criterio de las defensas, que el Tribunal de Estrasburgo no ha reconocido el carácter vinculante de los dictamens de este grupo de trabajo.

El ejecutivo «no da órdenes» a los tribunales

De hecho, el tribunal considera que se reivindica «mal» la libertad de los acusados cuando lo que se pide en este dictamen es que el gobierno español «tome medidas para poner remedio a esta situación», ya que eso supone «ignorar una de las notas esenciales de cualquier estado de derecho, que es el que impide al poder ejecutivo dirigir instrucciones u órdenes a los tribunales de justicia».

Los magistrados también avalan posiciones de la fiscalía y de la abogacía del Estado en relación al dictamen. Por ejemplo, da la razón al ministerio público cuando lo califica de «grupo puramente auxiliar e informativo de eventuales y futuros posicionamiento del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas». Y la sala también recoge el argumento de la abogacía del Estado según la cual se ha solicitado la revisión del dictamen por «falta de imparcialidad y objetividad» de los miembros del grupo de trabajo, entre otros motivos por la «sospecha de filtración» del informe por parte del abogado representante de Cuixart, Sànchez y Junqueras, «que habría sido relato de Naciones Unidas hasta el 2017 y habría desarrollado una actividad concomitante con dos miembros del grupo de trabajo».

«Olvida que el 1-O fue prohibido por el TC»

Con respecto al contenido del informe, el Supremo señala que el grupo de trabajo «olvida» que el referéndum del 1-O «había sido expresado prohibido» por el Tribunal Constitucional (TC) y por la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y que el dictamen contiene «inasumibles valoraciones probatorias sobre la concurrencia de violencia como elemento típico del principal delito por lo que se ha formulado el acusació la rebelión, con una «valoración a ciegas de elementos probatorios cuya verdadera realidad no ha podido ser apreciada por los redactores del informe».

Rechazan que se coaccionen opciones políticas

La sala también rechaza que las acusaciones penales de la causa tengan como objetivo coaccionar a los acusados por sus opiniones políticas sobre la independencia de Cataluña. De hecho, consideran que sólo se pueden hacer afirmaciones así «a partir del desconocimiento de la realidad políticas y jurídicas» española. «El proceso penal no incluye entre sus finalidades coaccionar o inhibir a los líderes políticos que quieren llevar a cabo un programa independentista», han argumentado, destacando que «las ideas políticas que han hecho valer algunos de los acusados son las mismas que identifican los partidos políticas que sostienen el actual Gobierno de la Generalitat».

En este sentido, ponen en valor que durante el juicio han sido presentes representantes de la Generalitat con «reconocida identidad ideológica» y que todos han recibido «el trato protocolario que la legislación dispensa a las autoridades autonómicas». Un hecho que consideran que el grupo de trabajo «olvida».

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