Diari Més

La abogada del Estado rebaja las tesis de la fiscalía: «El uso de la violencia no ha sido un elemento estructural»

Rosa María Seoane sostiene que se usó «la fuerza» el 1-O con concentraciones «masivas, públicas y tumultuarias» para impedir la actuación de la policía

Plano medio de la abogada del Estado Rosa María Seoane durante el informe final.

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La abogada del Estado Rosa María Seoane ha defendido que las pruebas aportadas durante el juicio del 1-O encajan en la sedición y ha rebajado las tesis de la fiscalía, que acusa por rebelión. «El uso de la violencia no ha sido uno de los elementos estructurales del plan llevado a cabo por los acusados para conseguir sus fines ni ha estado organizada de manera proporcionada», ha manifestado en el informe final. Según Seoane, sí se produjo «uso de la fuerza» con manifestaciones «masivas, públicas y tumultuarias el 1-O», y con «resistencia activa y pasiva» en los centros de votación para «impedir» la actuación de la policía y, por lo tanto, «la aplicación de la ley». Seoane también ha cargado contra Jordi Sànchez y Jordi Cuixart por el 20-S y ha remarcado la «capacidad de liderazgo». Les ha reprochado que subieran a los coches de la Guardia Civil y no cree que lo hicieran para que se les escuchara mejor. Para Seoane, hicieron una «exhibición» para «animar a las masas» a ir contra la actuación de la comitiva judicial.

La abogacía del Estado –que depende directamente del Ministerio de Justicia- ha dedicado buena parte de su informe a repasar todos los hechos que considera que han quedado acreditados durante el juicio y que encajan en los delitos de sedición, malversación y desobediencia (este último, solo en el caso de los tres acusados en libertad provisional). Rosa MaríaSeoaneha destinado más tiempo a hablar del 1-O que del 20 de septiembre.

Respecto a la sedición, cree que el día del referéndum hubo un alzamiento «público y tumultuario», fuera de la ley o por la fuerza y con el fin de impedir la aplicación de la ley, el legítimo ejercicio de las autoridades y funcionarios o el cumplimiento de las resoluciones administrativas y judiciales.

Contradice a la fiscalía: la violencia no fue estructural

Además,Seoaneha aprovechado para contraponer sus ideas con la defensa de la rebelión que ha hecho por la mañana la fiscalía. La abogada del Estado considera que no existió violencia ni fue un «elemento estructural»del proceso, y lo limita a «el uso de la fuerza».

Seoaneha hablado de «manifestaciones masivas»el 1-O, de «movimiento reactivo generalizado, masivo y público»de más de 2 millones de personas. Además, habla de «cierta organización» en los centros de votación y de una «preparación»para «impedir la aplicación de la ley, el legítimo ejercicio de funciones o el cumplimiento de resoluciones administrativas». «Las concentraciones masivas querían tratar de impedir a la fuerza policial el cumplimiento de una resolución judicial», ha subrayado. Pero cree que los elementos que se dieron no encajan en el delito de la rebelión, que necesariamente necesita de un alzamiento público y violento.

La abogada del Estado sostiene que no era un «elemento estructural»del proceso para conseguir sus fines. En esta línea, sí considera que se ha acreditado «el uso de la fuerza»y habla de «resistencia pasiva pero también activa con incidentes más o menos remarcables» en los centros de votación. Y añade que también pasó en los centros donde no fue la policía española sino el binomio de los Mossos. «Ante los intentos con más o menos intensidad de los mossos de acceder, también encontraron una oposición en plan de desobediencia clara y manifiesta», ha dicho.

Diferencia entre violencia y uso de la fuerza

Pero hace una diferenciación entre violencia y uso de la fuerza.Seoaneha dado la razón a la fiscalía considerando que la violencia no tiene por qué ser física y que puede ser «intimidación». Pero considera que esta intimidación tendría que presentar «verosimilitud, ser seria y fundada». «Para delimitar el alzamiento público y violento de la rebelión con el alzamiento público y tumultuario de la sedición no se puede equiparar la violencia con el uso de la fuerza», ha manifestado.

Por lo tanto, considera que no se puede condenar por rebelión. «Para ser rebelión, la violencia o la amenaza de usarla hace falta que haya sido organizada y prevista como instrumento nuclear para llegar a conseguir el fin buscado», ha argumentadoSeoane, que cree que esto no sucedió.

Mientras que la fiscalía acusa por rebelión y ha mantenido la petición de penas máximas de hasta 25 años paraJunqueras, la abogacía mueve la horquilla de penas entre los 12 años porJunquerasy 7 años y 10 meses para los acusados que están en libertad provisional.

La «capacidad de liderazgo»de los 'Jordis'

Sobre el papel de los 'Jordis', ha destacado la «capacidad de liderazgo»que tuvieron el 20-S. No ha dado por buena la versión que subieron arriba de losPatrolde la Guardia Civil porque desde el escenario no se los había escuchado desconvocar la concentración. Según la abogada del Estado, hicieron una «exhibición»para «alentar a las masas contra la actuación judicial». Por lo tanto, cree que también se dan los supuestos para condenar por sedición.

«El 20-S fue una evidencia no que se quisiera impedir el registro sino una manifestación donde la movilización ciudadana seguía de pe a pa las instrucciones que daban Jordi Sànchez y Jordi Cuixart», ha dicho. SegúnSeoane, además, existía «concertación»entre las entidades soberanistas y el Gobierno.

Malversación «continuada»y «generalizada»

En cuanto a la malversación, la abogada del Estado cree que «los importes que se han acreditado»durante el juicio son «mínimos»y corresponden a «expedientes concretos», puesto que ha dicho tener «la apreciación»que ha habido una «malversación de forma continuada». «Se ha producido una adscripción generalizada de todos los recursos materiales y humanos de la Generalitat a este fin ilícito», ha sostenido.

Seoaneha descrito una «pauta común», que pasaba por «acuerdos marco sobre los que se hacen encargos concretos», un sistema que les permitía contratar «bienes servicios y suministros de forma mucho más opaca que la liquidación separada». También ha descrito otro «modus operandi», que pasaba por «el uso de contratos menores».

La abogada del Estado ha defendido que en las anotaciones en la agendaMoleskinese ve que «la sombra del 9-N sobrevolaba los miembros del Gobierno», porque tenían «preocupación para eludir la responsabilidad». El Tribunal de Cuentas ha condenado los responsables del proceso participativo del 2014 por responsabilidad contable.

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