Diari Més

El fiscal del 'caso Trapero' cuestiona «la imparcialidad y la serenidad» de los tribunales catalanes para juzgar el 1-O y 20-S

Cuevillas advierte que la justicia europea puede interpretar que «se ha creado un tribunal de excepción» para juzgar la causa en la Audiencia Nacional

Imagen general de la sala de vistas de la Audiencia Nacional, con el tribunal que juzgará Trapero.

Imagen general de la sala de vistas de la Audiencia Nacional, con el tribunal que juzgará Trapero.ACN

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Uno de los fiscales del caso Trapero en la Audiencia Nacional, Pedro Rubira, ha cuestionado la «imparcialidad y la serenidad» de los tribunales catalanes para asumir la causa contra la excúpula de Interior, la intendente Laplana y el major Trapero. Lo ha hecho durante la vista de previo pronunciamiento, donde la defensa de la excúpula de Interior ha defendido que el tribunal no puede juzgar delitos de rebelión y sedición porque no son delitos contra la forma de gobierno. Durante la vista pública, los letrados del habitante de Valls Cèsar Puig, Jaume Alonso-Cuevillas, y de Pere Soler, Pau Ferrer, han expuesto este argumento y han pedido que la causa se remita a un juzgado de instrucción de Cataluña o bien a la Audiencia de Barcelona. Cuevillas ha advertido que si la Audiencia Nacional mantiene la competencia «se produciría un cambio de reglas que instancias europeas podrían interpretar como la creación de un tribunal de excepción para un caso concreto» y ha criticado la fiscalía por creer que actúa por «criterios de oportunidad política».

La vista de previo pronunciamiento en la Audiencia Nacional la ha pedido la defensa del exsecretario general de Interior, Cèsar Puig -ejercida por Cuevillas- y también se ha adherido la defensa de Pere Soler, ejercida por Pau Ferrer. El objetivo era cuestionar la competencia de la Audiencia Nacional para enjuiciar los hechos del 20-S y del 1-O y pedir que la causa se envíe o bien a un juzgado de instrucción o bien a la Audiencia de Barcelona.

Por una parte, Cuevillas ha explicado que el artículo 65 de la Ley orgánica del poder judicial recoge que la Audiencia Nacional es competente de juzgar delitos contra la forma de gobierno pero que los hechos que se investigan no entran en este supuesto y que, además, no se produjeron más allá de los límites de Cataluña. Cuevillas ha citado diferentes sentencias sobre sedición que se han revisado en audiencias provinciales y también ha puesto como ejemplo las querellas del 9-N que se interpusieron todas delante del TSJC «sin que la fiscalía impugnara su competencia».

Por eso, entiende que si la Audiencia Nacional mantiene la competencia se estaría produciendo «cambio de reglas a media partida» y que eso podría ser amonestado posteriormente por la justicia europea. «Las instancias europeas podrían interpretarlo como la creación de un tribunal de excepción para un caso concreto», ha manifestado dentro de la sala.

En la misma línea se ha manifestado el letrado de Pere Soler, Pau Ferrer. Ha defendido que la Audiencia Nacional «no es competente» para enjuiciar delitos de sedición y que ha habido un «cambio de criterio que no se han esforzado en argumentar». Mantiene, pues, que no se trata de delitos «contra la forma de gobierno» y pide al tribunal que se inhiba y envíe la causa a Cataluña.

La letrada de Trapero y Laplana, Olga Tubau, no se ha adherido a las tesis de ninguno de los otros abogados y ha declinado hacer ninguna alegación cuestionando la competencia de la Audiencia Nacional.

El fiscal cuestiona la «imparcialidad» de los tribunales catalanes

Una vez expuestos los argumentos de los abogados, el fiscal se ha preguntado en voz alta si realmente se pensaban que la Audiencia Nacional no era competente para juzgar «unos hechos tan graves». «Puede haber imparcialidad y serenidad si se envía la rebelión y la sedición a Cataluña», ha dicho hasta dos ocasiones al fiscal Pedro Rubira.

Rubira también ha criticado el posicionamiento de las defensas de Puig y Soler y ha dicho que la Audiencia Nacional «siempre ha mantenido el mismo criterio» sobre la competencia para juzgar e investigar los hechos. Ha apuntado que así se hizo desde el momento que el exfiscal José Manuel Maza presentó las querellas por rebelión, sedición y malversación y la magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela citó a declarar el Gobierno.

«La Audiencia Nacional no es competente para todo el delito de sedición, pero sí lo es para la sedición y la rebelión que afecta al gobierno de la nación», ha manifestado el fiscal, que se pregunta «como se puede considerar que no ha afectado todo el Estado la proclamación de una república independiente y la celebración de un referéndum ilegal». «¿Ante estos hechos gravísimos cómo se puede decir que no es competente?», ha dicho.

Después de la vista, el letrado Jaume Alonso-Cuevillas ha lamentado las valoraciones de la fiscalía y ha dicho que «se le ha escapado el argumento de peso» por el que no quieren enviar la causa a Cataluña alegando la falta «de imparcialidad y serenidad» de los tribunales catalanes. «Sólo se explica porque quieren crear un tribunal de excepción para juzgar los hechos», ha sentenciado.

La decisión que tome el tribunal se conocerá en los próximos días. El tribunal está formado por Concepció Espejel (presidenta), Manuela Francisca Fernández Prado y Juan Ramon Sáez Valcárcel. Los dos últimos son progresistas mientras que Espejel fue apartada del caso Gürtel por su proximidad al PP.

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