Diari Més

La Fiscalía se opone a la liberación provisional de los nueve presos del proceso

Considera que la decisión del tribunal alemana sobre Puigdemont incrementa el riesgo de huida

El vicepresidente destituido Oriol Junqueras, al llegar a la Audiencia Nacional.

Junqueras defiende que la prioridad es formar gobierno y apuesta por un diálogo «sin limitaciones»ACN

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La Fiscalía ha presentado este jueves un escrito donde se opone a las peticiones de liberación que han presentado delante de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo las defensas de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Carme Forcadell, Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn, Dolors Bassa, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Los fiscales aducen que la decisión del tribunal de Schleswig-Holstein de no extraditar a Carles Puigdemont por el delito de rebelión y limitar cualquier entrega a un supuesto delito de malversación de fondos hace incrementar el riesgo de huida. La Fiscalía mantiene de esta manera el criterio que ha sostenido durante todo el proceso –con una única excepción de Joaquim Forn en una ocasión- a pesar del relevo|relieve al frente de la Fiscalía General del Estado con el nombramiento de María José Segarra.

En su escrito, el fiscal dice que las «referencias de las defensas al nuevo contexto social y político» son ajenas al argumentario jurídico y añade que las circunstancias que llevaron a los políticos a prisión no han cambiado y son «plenamente vigentes». El ministerio público alega que los delitos por los cuales están procesados son muy graves y comportan importantes penas de prisión, y eso incrementa el riesgo de fuga, además de existir riesgo de reiteración delictiva. El fiscal también tiene en cuenta la proximidad del juicio oral y la firmeza y rotundidad del auto de procesamiento.

Además, el riesgo de fuga y de reiteración «son manifiestamente perceptibles si se valoran adecuadamente los acontecimientos que se están produciendo relacionados directamente con la causa», como la huida de políticos al extranjero|en el extranjero o «la insistencia de seguir adelante con el proceso de independencia socavando la legalidad constitucional y al margen de vías legales».

Crítica en Alemania

«La supuesta bondad de las perspectivas jurídico-penales que surgen para los procesados después del pronunciamiento de las autoridades judiciales de otros países europeos no puede ser nunca un argumento a valorar, porque el tribunal alemán de Schleswig-Holstein ha actuado incumpliendo el marco jurídico europeo que regula la orden europea de detención y entrega», afirma el fiscal. De hecho, el ministerio público español critica que el órgano judicial alemán ha ignorado que «una vez constatada la doble incriminación de los hechos, el estado de ejecución no tendrá que tener en cuenta los elementos constitutivos del delito ni la concreta calificación». «La resolución denegatoria de la entrega por rebelión se produce después de analizar, examinar y valorar los elementos específicos que integran el delito de rebelión, en particular la concurrencia de la 'violencia', requisito del delito que se menciona tanto en el Código Penal español como al alemán, para concluir en este caso concreto, a pesar de reconocer que ha existido violencia, que no se ha constatado un grado de violencia suficiente por posr en riesgo el orden constitucional español», añade.

«Resulta obvio que el tribunal alemán ha entrado a examinar cuestiones que afectan al fondo del asunto, como la intensidad de la violencia o los elementos incriminatorios, que sólo pueden ser valoradas después de la práctica de las pruebas por el tribunal encargado del enjuiciamiento,» asegura. Esta actuación, dice la fiscalía, es una «indebida intromisión» en la jurisdicción de los tribunales españoles, cosa que «dificulta notablemente la posibilidad de reconocer efectos jurídicos a una decisión como esta».

Para concluir, la fiscalía dice que la decisión del tribunal alemán «no puede condicionar la mayor o menor relevancia penal de los hechos, ni su concreta calificación jurídica, cuestiones que son competencia exclusiva y excluyente de los tribunales españoles».

Precisamente fuentes de la Fiscalía han apuntado en los últimos días que su intención es hacer una valoración «individualizada» de las imputaciones que constarán a los escritos de acusación una vez se confirme el cierre de la instrucción por parte de la Sala de lo Penal.

Este jueves el juez que instruye en el Supremo la causa contra el ‘proceso’, Pablo Llarena, ha rechazado la extradición del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont en los términos en que permitía la decisión del tribunal de Schleswig-Holstein, que la limita a un posible juicio por malversación.

Llarena también ha retirado las euroórdenes que había dictado contra el expresidente y también contra los exconsellers Toni Comín, Lluís Puig, Merixell Serret, Clara Ponsatí y Marta Rovira. A su auto, el juez critica duramente el tribunal alemán y le rendiréis «falta de compromiso con hechos que podrían haber roto el orden constitucional español».

El magistrado –que ya retiró en diciembre del 2017 una primera euroorden cuando Puigdemont estaba en Bélgica- evita de esta manera uno posible extradición que contradiga la base de su instrucción (construida en torno al delito de rebelión) y que genere un juicio a dos niveles contra la cúpula del ‘proceso’.

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