Diari Més

Llarena rechaza incluir a la causa del Supremo Jové y Salvadó porque no ve indicios de rebelión

El juez abre la puerta a que su investigación acabe en el TSJC porque son diputados

Imagen de archivo de Josep Maria Jové y Lluís Salvadó aplaudiendo al salir de la Ciudad de la Justicia.

Llarena rechaza incluir a la causa del Supremo Jové y Salvadó porque no ve indicios de rebeliónACN

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El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha rechazado incluir a la causa abierta al Supremo al exsecretario general del Departamento de Economía y Hacienda, Josep Maria Jové, y el exsecretario de Hacienda, Lluís Salvadó. Ambos están investigados en el juzgado de instrucción 13 de Barcelona y fueron detenidos durante los registros del pasado 20 de septiembre. El 8 de mayo, el juzgado de instrucción número 13 de Barcelona remitió un escrito a Llarena para que sometiera a su criterio la posibilidad de incluirlos a la causa por el delito de rebelión. La Fiscalía también había hecho la petición anteriormente, y el juez Llarena también lo rechazó. Ahora, argumenta que no ve indicios de su participación en el delito de rebelión y, por lo tanto, su caso se seguirá instruyendo en Cataluña. El juez avisa de que eso se hace «sin perjuicios» que sus actuaciones puedan comportar responsabilidades penales y que sea el TSJC que se haga cargo ya que son diputados. Durante los registros del 20 de septiembre, la policía decomisó una libreta Moleskine con anotaciones sobre los planes para llegar a la independencia.

El juez del Supremo Pablo Llarena no amplía la causa del proceso (que de momento, tiene 25 procesados) y ha denegado la petición del juzgado de instrucción 13 de Barcelona de incluir a Jové i Salvadó.

Según el juez, el juzgado 13 no ha recogido «fuentes de prueba» que sostengan que la aportación de Jové y Salvadó fue decisiva ni para el 1-O ni para la declaración de independencia. Según Llarena, ninguno de ellos actuó «con conocimiento de que se instrumentalizarían alzamientos ciudadanos violentos para la consecución de la independencia».

El juez recuerda que fueron detenidos el 20 de septiembre y que la investigación no ha descubierto que hayan hecho «alguna actuación» con posterioridad. Según Llarena, su papel se ha limitado a «actuar con el ideario de conseguir la independencia o con la aspiración de dotarla de instrumentos administrativos para actuar con soberanía una vez se constituyera la república».

En cambio, los desvincula de los «hechos violentos» que, según Llarena, justifica que la investigación en el Supremo esté abierta por rebelión. «Se excluye el apoyo fáctico de su participación intencional en el delito de rebelión o en el sostén económico del referéndum», afirma el juez. La Fiscalía había pedido que, en el caso de Salvadó, también fuera investigado por malversación.

Ahora bien, el juez abre la puerta a que, si así lo solicita posteriormente el juzgado 13 de Barcelona, su caso pueda acabar en el TSJC. El juez avisa que su decisión se toma «sin perjuicios» que sus actuaciones puedan comportar responsabilidades penales y que sea el TSJC que se haga cargo ya que son diputados.

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