Diari Més

Puigdemont, Ponsatí y Puig podrán personarse en la causa abierta al Supremo

La decisión alcanza los plazos para una eventual suspensión del cargo de diputado de Puigdemont

Imagen de archivo de Puigdemont, Puig y Ponsatí en una reunión de JxCat en Bruselas.

Puigdemont, Ponsatí y Puig podrán personarse en la causa abierta al SupremoACN

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El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha dictado una providencia donde permite a Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Lluís Puig personarse a la causa abierta por rebelión, sedición y malversación en este tribunal. Los tres lo habían solicitado el pasado 20 de marzo, pero el juez se lo denegó argumentando que no se habían puesto a disposición de tribunal. Ahora, sin embargo, el juez hace marcha atrás porque considera que la situación procesal ha cambiado con las órdenes europeas de detención y entrega. Llarena concreta que, en el caso de Puigdemont, este ya ha sido detenido y que en el caso de los dos exconsellers destituidos la orden se está tramitando. Eso permitirá a los abogados y procuradores de los tres acceder a las decisiones del magistrado y también recurrir el auto de procesamiento dictado el viernes. Llarena ha procesado a Puigdemont i Ponsatí por rebelión y malversación y Puig por malversación y desobediencia. Esta decisión alcanza los plazos por|para una eventual suspensión de la condición de diputado de Puigdemont.

El juez instructor del Supremo PabloLlarenaha acordado permitir a los representantes legales dePuigdemont, Puig yPonsatípersonarse a la causa. Esto quiere decir que, a partir de ahora, tendrán notificación de todas las resoluciones y también podrán recorrerlas.

Los tres lo habían solicitado el pasado 20 de marzo, pero el juez se lo denegó tres días más tarde. Ahora, cambia de opinión porque considera que ha habido un cambio procesal un golpePuigdemontha sido detenido y laseuroordrescontra Puig yPonsatíse están tramitando en Bélgica.

Esta decisión, por lo tanto, permitirá a los abogados de los tres recorrer la interlocutoria de procesamiento dictada porLlarenaviernes. El juez ha dado tres días a las partes para recorrer en reforma (ante el mismo juez) y cinco días para hacerlo en la sala de apelaciones. Fuentes del Tribunal Supremo confirman que los plazos son «laxas» y que, por lo tanto, no se han agotado.

El hecho quePuigdemontpueda recorrer la interlocutoria alarga los plazos ante una eventual suspensión. El artículo 384bisdetermina que se puede suspender del cargo público un procesado (si la interlocutoria es firme), lo está por rebelión y con prisión provisional decretada. A la práctica, supone una inhabilitación antes del juicio. Ahora, como que su defensa podrá recorrer, esta situación se podría alargar.

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