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Marta Rovira deposita la fianza de 60.000 euros impuesta por el juez Llarena

El juez justificó la imposición de la fianza por el hecho de que tenía «una responsabilidad política de más nivel»

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La defensa de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, ha acreditado ante el Tribunal Supremo el depósito de los 60.000 euros de fianza que el magistrado Pablo Llarena le impuso el pasado 19 de febrero, después de su declaración como investigada por delitos de rebelión y sedición. Rovira disponía de un plazo de diez días a partir del 21 de febrero, que es cuando el juez firmó el auto para el depósito de la fianza. El dinero sale de la caja de solidaridad de l'ANC y Òmnium, que ya ha servido también para pagar otras fianzas impuestas por la justicia española.

El juez justificó la imposición de la fianza por|para el hecho de que tenía «una responsabilidad política de más nivel no sólo en aquel sí del partido soberanista de ERC o del Grupo Parlamentario Juntes pel Si». «La importancia política de su figura resulta plenamente coherente con el hecho de que la investigada tuviera una función decisoria en la concepción y en la ejecución de un proceso soberanista que fue el centro de la actividad política durante la legislatura, tal como se le atribuye al documento Enfocados intervenido con ocasión del registro practicado en la vivienda de Jose Maria Jové».

También porque «el riesgo de huida no se desvanece de manera absoluta» y porque hay elementos que «pueden propiciar» el retorno de los partidos independentistas a la lógica del proceso, así como el hecho de que algunos de los documentos intervenidos apunten que los investigados tenían intención de «perseverar en sus planes|planos de actuación».

En un auto de 10 páginas Llarena señalaba que Rovira y el resto de investigados habrían participado de una «iniciativa política compartida por varios partidos, el gobierno de la Generalitat el Parlamento y otras instituciones de la misma Comunidad» para «declarar unilateralmente la independencia de Cataluña y segregar esta Comunidad Autónoma del resto del Estado».

Este plan, según el juez, pasaba por «la aprobación parlamentaria de varias normas y resoluciones orientadas a aquella finalidad» y que irían «en contra de las resoluciones del Tribunal Constitucional». Según el juez, la celebración del referéndum era un «elemento indispensable» para la declaración unilateral de independencia.

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