Diari Més

Los partidos pueden presentar coaliciones al 21-D hasta el 7 de noviembre y listas electorales hasta el 17

Los ayuntamientos tendrán que comunicar qué locales ponen a disposición de las elecciones antes de ocho días

Imagen de archivo de una persona en un colegio electoral.

Los partidos pueden presentar coaliciones al 21-D hasta el 7 de noviembre y listas electorales hasta el 17ACN

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La convocatoria de elecciones en el Parlament para el día 21 de diciembre por parte del gobierno español y en aplicación del artículo 155 de la Constitución ha activado todas los mecanismos y plazos que los partidos políticos tendrán que seguir si quieren concurrir en estos comicios. Así, según la Ley orgánica de régimen electoral general (LOREG) con la que se ha puesto en marcha la convocatoria, las formaciones tienen el primer límite importante en el calendario en el próximo 7 de noviembre. Aquel día finaliza el tiempo que tienen para presentarse las coaliciones electorales. Así, si alguna formación quiere participar con otra o se quiere hacer algún frente compuesto de varios partidos, se tendrá que haber comunicado antes de esta fecha. La otra gran cita en el calendario de los partidos va del 12 al 17 de noviembre. Será en aquellos días que tendrán que presentar las listas de candidatos con las que quieren concurrir a las elecciones.

Antes de todo eso, sin embargo, las formaciones tienen que estar ya designando a sus representantes legales y comunicar a la Junta Electoral quiénes son. Por otra parte, tendrán que ir buscando y concretando sus apoderados e interventores, pero el límite para presentar estos nombres se alarga hasta el 18 de diciembre.

La LOREG también establece los plazos para otros elementos relevantes en una convocatoria electoral. Por ejemplo, fija que los ayuntamientos ya pueden, desde el pasado domingo 29, presentar el listado de locales de su municipio que ponen a disposición para ser colegio el día de los comicios, y han tenido que enviarlo todos antes del 7 de noviembre. Por último, la ley también regula que aquellos que quieran votar por correo tienen hasta el 11 de diciembre para solicitarlo, y la información se recibirá en sus domicilios entre el 1 y el 14 de lo mismo mes. Para ejercer el voto anticipado y vía postal, sin embargo, tendrán hasta el 17 de diciembre.

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