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La Audiencia Nacional mantiene acusados de un delito de sedición a Sánchez y Cuixart

La magistrada Carmen Lamela dice que se quedará la instrucción por el delito de sedición porque persiguen cambiar ilegalmente la organización del estado

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La Audiencia Nacional española ha rechazado declinar su competencia a favor de los juzgados de instrucción de Barcelona en la causa por sedición contra el mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, y los presidentes de la ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, respectivamente. La magistrada Carmen Lamela reitera que en estas diligencias se está investigando un delito de sedición que persigue cambiar ilegalmente la organización del estado y por lo tanto es competencia de la Audiencia Nacional. La magistrada añade que, con la nueva información presentada hace unos días por la Guardia Civil, se infiere que los hechos investigados no constituyen un hecho aislado, sino que se enmarcan dentro de una estrategia compleja «con la que desde hace tiempo colaboran los investigados Jordi Cuixart y Jordi Sànchez, en ejecución de la hoja de ruta diseñada para llegar a obtener la independencia de Cataluña y donde los dos forman parte de un comité estratégico con unas funciones concretas a ejecutar».

Los dos investigados solicitaron la inhibición a favor de los juzgados de instrucción de Barcelona con el argumento que el delito de sedición no es competencia de la Audiencia Nacional. Aportaban sentencias dictadas por otros tribunales españoles en materia de delito de sedición. Estas sentencias, según explica la jueza en su escrito, no desvirtúan sus razonamientos, ya que en el auto con el cual se declaró competente, ya explicó que no todos los delitos de sedición son competencia de la Audiencia Nacional, sino únicamente aquellos que, además de atentar contra los bienes jurídicos protegidos que le son propios, puedan suponer al mismo tiempo una ofensa contra la forma de gobierno que persigue cambiar ilegalmente la organización del estado, como, según la magistrada, pasa en este caso.

La jueza cita ejemplos de delitos de narcotráfico o estafa, que no siempre son competencia de la Audiencia Nacional sino únicamente los más graves y que vienen marcados por la ley. Con estos parámetros, la magistrada analiza las sentencias aportadas por Sànchez i Cuixart para concluir que ninguno de estos casos juzgados y sentenciados por otros tribunales suponían «un ataque a la forma de gobierno en los términos expuestos en el auto dicatada por este juzgado el día 27 de septiembre de 2017».

En la misma línea, la magistrada también rechaza el argumento esgrimido por los investigados que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo se hayan pronunciado en el sentido de que la Audiencia Nacional no es competente en materia de delito de sedición.

Lamela explica en su escrito que con la nueva información obtenida después de su auto del 27 de septiembre se infiere que los hechos ocurridos no suponen un hecho aislado, «como quieren hacer parecer las partes que proponen la cuestión de competencia, sino que se enmarcan dentro de una estrategia compleja con la cual desde hace tiempo colaboran los investigados Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, en ejecución de la hoja de ruta diseñada para llegar a obtener la independencia de Cataluña y donde los dos forman parte de un comité estratégico con unas funciones concretas a ejecutar».

La jueza añade que en esta estrategia diseñada, «su actividad, después de la aprobación de las leyes de desconexión y de la ley de convocatoria del referéndum, resultaba esencial para dirigir todas las sinergias independentistas en una misma dirección que culminara con la movilización de la totalidad de la sociedad catalana que comulgaba con la tesis soberanista y que esta movilización fuera de tal envergadura que pudiera arrastrar a la masa de indecisos hacia sus intereses independentistas. Esta función estaría dirigida, entre otros para|por las entidades soberanistas ANC, presidida por Jordi Sánchez, y Òmnium Cultural, presidida por Jordi Cuixart».

En su escrito, al cual se opuso la fiscalía, Sànchez y Cuixart, decían que las concentraciones ciudadanas del 20 de septiembre eran una «protesta convocada pacíficamente en desacuerdo con unas actuaciones policiales». Pero la magistrada hace suyos los argumentos del ministerio público y la Guardia Civil cuando afirma que «la finalidad última de las movilizaciones era la de conseguir la celebración del referéndum, siendo conscientes los intervinientes que desarrollan una actuación al margen de las vías legales impidiendo la aplicación del ordenamiento jurídico.»

De hecho, cita las palabras de Sànchez en los concentrados cuando dijo que «nadie se marche a casa, será una noche larga e intensa», y las de Cuixart pidiendo que no se detuviera la movilización.

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