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Entra en vigor el impuesto de bebidas azucaradas, que puede aumentar el precio hasta un 50%

Productores y distribuidores se oponen al nuevo tributo

El impuesto de bebidas azucaradas se empieza a recaudar oficialmente este lunes 1 de mayo.

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El impuesto de bebidas azucaradas envasadas se empezará a recaudar oficialmente este lunes 1 de mayo. La Generalitat defiende que el nuevo tributo sobre estas bebidas se ha aprobado «por los efectos que tienen en la salud de la población» y que «tiene como finalidad principal incentivar un cambio en los hábitos de consumo, tal como recomienda la Organización Mundial de la Salud». Sin embargo, el impuesto cuenta con la oposición de las empresas del sector de las bebidas azucaradas envasadas. El director general de AECOC, José María Bonmatí, ha declarado que los fabricantes y distribuidores no son favorables a este tributo porque lo consideran «discriminatorio, ya que penaliza sólo algunos productos, crea inseguridad jurídica en el contribuyente y distorsiona la competencia y la unidad de mercado».

Bonmatí ha añadido que «los temas de salud no se solucionan sólo desde el punto de vista de la fiscalidad». Como ejemplo, el representante de la patronal ha explicado que el sector ha modificado su oferta en los últimos años y que actualmente el 25% de las bebidas comercializadas en este segmento «ya son sin azúcares ni calorías», como demuestra el auge que viven los refrescos considerados 'light'.

El director general de AECOC ha recordado también que el Gobierno obliga a las empresas a repercutir el nuevo impuesto al precio que paga el consumidor final. La patronal apunta que eso «hace que las empresas ejerzan, en este caso, como meras recaudadoras». En este sentido, muchas empresas de distribución ya hace días que están informando sus consumidores en las tiendas de los nuevos precios que se aplican a las bebidas afectadas como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo impuesto este 1 de mayo.

Entre un 8% y un 50% del precio final

Se establecen dos tipos de gravamen según el contenido en azúcar. Por una parte, las bebidas con más de 8 gramos de azúcar por cada 100 mililitros recibirán una carga de 0,12 euros por litro. Por la otra, las bebidas de entre 5 y 8 gramos de azúcar por cada 100 mililitros estarán gravadas con 0,08 euros por litro. Según el AECOC, «dependiendo, por lo tanto, del valor del producto y del porcentaje de azúcar que contenga, el impuesto puede suponer entre un 8% y un 50% de su valor final».

Los productos afectados por la ley son todos los refrescos o sodas, las bebidas de néctar de frutas, las bebidas deportivas, las bebidas de té y café, las bebidas energéticas, las leches endulzadas, las bebidas alternativas de la leche, los batidos y bebidas de leche con zumo de fruta, las bebidas vegetales y las aguas con sabores.

La ley especifica que «no están sujetas las bebidas elaboradas a partir de zumos de fruta o de verdura naturales, concentrados o reconstituidos, o su combinación, ni tampoco leches o alternativas de las leches que no contengan edulcorantes calóricos añadidos. También quedan excluidos los yogures bebibles, las leches fermentadas bebibles, los productos para uso médico y las bebidas alcohólicas».

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