Diari Més

Judicial

La Audiencia de Madrid absuelve al hombre que hizo una pintada sobre la tumba de Franco

La fiscalía pedía un año de prisión por un delito contra la libertad de conciencia

Instante en que el artista pinta la tumba de Franco.

Pintan la tumba de Franco de color rojo con una paloma de la paz y el lema 'Por la libertad'@PedroArmestre

Publicado por

Creado:

Actualizado:

La sección primera de la Audiencia de Madrid ha absuelto al hombre que hizo una pintada sobre la tumba del dictador Francisco Franco el 31 de octubre de 2018, cuando todavía estaba enterrado en el Valle de los Caídos. Se trata d'Enrique T.C. -un artista gallego- que escribió 'Por la libertad' y dibujó una paloma al lado. La fiscalía pedía un año de prisión por un delito contra la libertad de conciencia. La Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos también solicitaba condena por daños en la tumba y la petición de prisión ascendía a dos años.

El tribunal considera que no se lo puede condenar por el delito contra la libertad de conciencia porque hizo la pintada cuando todavía no había empezado la misa de la cual «él decía no tener conocimiento».

Los magistrados consideran fundamental este hecho porque este delito requiere «violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impidiendo, interrumpiendo o perturbando los actos, funciones o ceremonias» y se ha descartado que fuera así. «No consta el propósito o intención de lesionar la libertad de conciencia y los sentimientos religiosos», dice la sentencia, que destaca que la pintada fue «contra la presencia» de Franco en el Valle de los Caídos» yno contra los sentimientos religiosos de los asistentes».

Con respecto al delito de daños en la tumba, los magistrados tampoco aprecian «profanación o violación de la tumba» y argumentan que «se tiene que partir del hecho de que se trata de una figura con una trayectoria como ninguno del Estado y la finalidad del acusado no era la del vilipendio de supersona como tal, sino la de expresar una idea sobre supresencia en el lugar, sin que concurra un ánimo de ultraje».

La sentencia destaca que los daños «se reducen a la afectación estética» y se pueden «recuperar» conuna simple limpieza. Un voto particular ha defendido condenar al acusado por ambos delitos y la resolución puede ser recurrida al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

tracking