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Judicial

Hasel, más cerca de entrar en prisión después de que el Constitucional haya rechazado admitir el recurso de amparo

La defensa del rapero leridano pedía la absolución en entender que se violaba la tutela judicial efectiva

Plano medio del rapero Pablo Hasél en el exterior de los juzgados de Lleida

Condenan a Hasél a prisión por haber agredido al testigo|testimonio de un juicio contra un guardia urbano de LéridaACN

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El rapero leridano Pablo Hasel está más cerca de entrar en la prisión después de que el Tribunal Constitucional haya decidido no admitir a trámite el recurso de amparo presentado por su defensa contra la sentencia de la Audiencia Nacional (AN). El escrito, ratificado por el Tribunal Supremo, lo condena a 9 meses y un día de prisión por enaltecimiento del terrorismo con el agravante de reincidencia y por injurias a la corona y a las fuerzas y cuerpos de seguridad. Su abogado pedía al Alto Tribunal que anulara la sentencia de la AN y lo absolviera al entender que se violaba la tutela judicial efectiva que recoge el artículo 24.1 de la Constitución. El Constitucional, sin embargo, considera que «no se justifica la especial trascendencia constitucional del recurso».
Hasél fue condenado por incluir a su perfil de las redes sociales comentarios en forma de tuits donde incorporaba vídeos que, según la sentencia, incitaban a la violencia, comentarios «de enaltecimiento del terrorismo» y «vejatorios» contra la monarquía y otras instituciones españolas. La defensa del rapero insistía en que los hechos juzgados eran consecuencia de un derecho «efectivo» a la libertad ideológica y de expresión y que la sentencia establecía como tipo penal el «libertinaje de expresión», y puntualizaba que este es «inexistente» en el código penal.

Con esta condena de 9 meses y 1 día de prisión, que ya es firme, la Audiencia Nacional podría ordenar el ingreso en la prisión de Hasel ya que se suma a otra sentencia impuesta en el 2014 por la Audiencia Nacional que lo condenó a 2 años de prisión por enaltecimiento del terrorismo para la letra de algunas de sus canciones. Según aquella sentencia, las letras de Hasél «alaban las acciones y miembros» de grupos terroristas como GRAPO, ETA o Terra Lliure, además de «justificar su existencia». Además, consideraba que Hasél pedía el retorno de estos grupos y presentaba sus miembros como víctimas de la democracia. Esta primera sentencia fue ratificada por el Supremo en el 2015 y la Audiencia Nacional aceptó suspender la ejecución de la pena y por lo tanto la entrada en la prisión, en el 2019, con la condición de que Hasel no volviera a delinquir en tres años.

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