Diari Més

La AN acuerda libertad bajo fianza de 10.000 euros para un quinto CDR detenido el 23-S

La sala de lo penal dice que en el domicilio de Alexis Codina había sustancias precursoras que «no son en sí mismas explosivos»

Imagen de la fachada de la Audiencia Nacional.

Audiencia NacionalACN

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La sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha acordado dejar en libertad bajo fianza de 10.000 euros otro CDR detenido el 23 de septiembre. Se trata de Alexis Codina, que se suma a los otros cuatro detenidos en la operación Judas para los que el tribunal ha dictado fianza para que puedan salir de la prisión de Soto del Real. La Audiencia Nacional mantiene prisión incondicional para dos de los siete detenidos en aquella operación. La resolución estima parcialmente el recurso presentado por la defensa de Codina y concluye que este no tenía explosivos en su domicilio, sino «precursores». «No existe en el cacheo del domicilio la sustancia termita, sino precursores de la misma», dice la resolución. El sumario del caso sitúa Codina como uno de los miembros del «núcleo productor» de explosivos.

El magistrado impone a Codina medidas cautelares una vez deposite la fianza y quede en libertad. Así, Codina tendrá que presentarse semanalmente ante el juzgado o la comisaría de los Mossos más próxima a su domicilio, le prohíbe la salida del territorio con la retirada del pasaporte y tendrá que comunicar el domicilio dónde se lo puede localizar. Para Codina se ha impuesto una fianza más alta que a los otros cuatro CDR, para los que se han pedido 5.000 euros.

La sala de lo penal ha constatado que no han encontrado en la pericial hecha por los dos técnicos del Grupo de Desactivación de Explosivos de la Guardia Civil de Barcelona ninguna referencia «a la existencia de explosivos» entre las sustancias encontradas en el domicilio de Codina, sino «únicamente de sustancias que debidamente mezcladas y siguiendo los correspondientes procedimientos técnicos podrían llegar a convertirse en explosivos». Sin embargo, sí remarcan que Codina tenía «documentos con información para elaborar explosivos». Y añade que en el cacheo no se encontró termita, sino «precursores» de esta.

La sala constata en su escrito que la existencia «objetiva» de estas sustancias precursoras «que no están en sí mismas explosivos», aunque «sin entrar a valorar las declaraciones de descargo del recurriente en el sentido de que las sustancias eran utilizadas en su trabajo de restaurador».

Sin embargo, sí que han afirmado «la objetiva inexistencia de explosivos en poder de Codina» y, por eso, cree que su situación es como la de los otros CDR que estaban encarcelados y que se ha decidido poner una fianza para salir en libertad por el hecho de que no tenían contacto material con explosivos.

Además, la sala ha apreciado en Codina «arraigo » personal, social y familiar, y cree que no existe un riesgo de entorpecer el procedimiento o de destruir pruebas.

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